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CONFIRMADA LA CONDENA DE 26 AÑOS POR EL ASESINATO DE CRISTINA CABO
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha rechazado el recurso presentado por la defensa de Jose Uriel Valencia, confirmando la condena de 26 años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Lugo por el asesinato de Cristina Cabo, de 42 años. El crimen, perpetrado con alevosía y ensañamiento, tuvo lugar en el domicilio de la víctima en Lugo el 27 de noviembre de 2022.
Valencia también fue condenado por un delito de robo con violencia.
RECHAZO A LA APELACIÓN DE LA DEFENSA
La defensa argumentaba una supuesta vulneración del principio de presunción de inocencia, alegando que el jurado no consideró la posibilidad de que la víctima hubiera amenazado al condenado con un cuchillo. Sin embargo, el TSXG desestimó este argumento, señalando que no existen pruebas que respalden la versión de la defensa, más allá de la declaración del propio acusado.
El tribunal subraya que el jurado actuó de manera legítima y racional al no otorgar valor a dicha declaración.
ALEVOSÍA Y ENSAÑAMIENTO CONFIRMADOS
El TSXG también rechazó las objeciones de la defensa con respecto a la calificación de alevosía en la conducta del acusado. El tribunal considera que la agresión con el cuchillo fue de tal violencia, dada la desproporción en fuerza física entre el agresor y la víctima, y las circunstancias en las que se encontraba Cristina Cabo, que no tuvo oportunidad de defenderse.
En cuanto al ensañamiento, el TSXG precisó que no es necesario demostrar que el agresor era consciente de que estaba aumentando el dolor de la víctima.
El tribunal infiere esta intención del hecho de que Valencia infligió numerosas heridas superficiales en partes no vitales del cuerpo de Cristina Cabo, lo que sugiere un deseo de prolongar su sufrimiento.
ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN
El tribunal también confirmó la condena por el delito de robo con violencia e intimidación, que conlleva una pena de 4 años de prisión, así como la duración de la pena de 22 años de cárcel impuesta por el delito de asesinato.
En definitiva, el TSXG ha desestimado íntegramente el recurso de apelación interpuesto por la defensa, confirmando la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Lugo en todos sus términos.













