Ayuda por Defunción de la Seguridad Social: Requisitos y Trámites

Ayuda por Defunción de la Seguridad Social: Requisitos y Trámites
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Ayuda por Defunción de la Seguridad Social: Requisitos y Trámites

La Seguridad Social ofrece una prestación económica, conocida como auxilio por defunción, destinada a cubrir parte de los gastos derivados de los servicios funerarios tras el fallecimiento de un familiar.

¿Quién puede solicitarla y cuánto se recibe?

El importe de esta ayuda asciende a 46,50 euros. Generalmente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es el organismo encargado de tramitarla. Sin embargo, en el caso de trabajadores del mar, esta responsabilidad recae en el Instituto Social de la Marina (ISM). Si el fallecimiento se debe a un accidente laboral, la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social será la responsable.

Requisitos para acceder al auxilio por defunción

Un requisito indispensable para acceder a esta prestación es que la persona fallecida estuviera dada de alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social en el momento de su defunción.

También se considera válido si el fallecido estaba percibiendo un subsidio por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o lactancia, maternidad, paternidad, o si era pensionista de incapacidad permanente o jubilación del nivel contributivo.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Los beneficiarios de esta ayuda son aquellas personas que hayan sufragado los gastos del sepelio.

La normativa presume que, salvo prueba en contrario, se trata del cónyuge, el superviviente de una pareja de hecho, los hijos que convivían habitualmente con el fallecido o cualquier familiar en la misma situación.

Plazos y trámites para la solicitud

El plazo para solicitar el auxilio por defunción es de cinco años a partir de la fecha del fallecimiento. Una vez presentada la solicitud, la administración tiene un plazo máximo de 90 días para resolver el expediente, aunque el tiempo medio de resolución suele ser de unos 13 días.

La solicitud puede realizarse a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, por correo ordinario o en un Centro de Atención e Información, solicitando cita previa.

Junto con el modelo de solicitud, es necesario presentar el DNI o, en el caso de ciudadanos extranjeros, el TIE, pasaporte o NIE.

Costes de un sepelio en España

Es importante tener en cuenta que, aunque la ayuda por defunción es bienvenida, los costes de un sepelio pueden ser significativamente más elevados. Un entierro sencillo en España puede rondar entre los 3500 y 3700 euros, según datos de la Asociación Nacional de Servicios Funerarios (PANASEF) y la OCU.

El coste total de un funeral varía considerablemente según la provincia, los servicios contratados y el tipo de ceremonia. En grandes ciudades como Madrid o Barcelona, la cifra puede superar los 6000 euros.

La cremación se ha vuelto una opción popular, con precios que oscilan entre los 1500 y 5000 euros, dependiendo de la ubicación y los servicios adicionales.

Un servicio muy básico de incineración, sin extras, puede reducirse a unos 612 euros, según la OCU.

El entierro con ataúd suele implicar un gasto mayor, con féretros básicos que superan los 1.200 euros. A estos costes se suman los del nicho o la sepultura, el transporte y el tanatorio.

Cuando no existe un seguro de decesos ni planificación previa, los familiares son responsables de afrontar todos los gastos, lo que puede añadir una carga financiera y emocional significativa en un momento difícil.