
Foto: Archivo – Todos los derechos reservados
Nuevas Normas para Patinetes Eléctricos en España: Registro Obligatorio y Seguro
La movilidad urbana en España se prepara para un cambio significativo con la implementación de nuevas regulaciones para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), especialmente los patinetes eléctricos. A partir del 27 de enero de 2026, estos vehículos deberán cumplir con nuevos requisitos centrados en la seguridad técnica y la responsabilidad civil.
Registro Obligatorio ante la DGT
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha creado un Registro de Vehículos Personales Ligeros. Todos los propietarios de patinetes eléctricos, o sus tutores legales si son menores de edad, deberán inscribir sus VMP a través de la sede electrónica de la DGT. Este registro es un paso esencial para poder contratar el seguro obligatorio de responsabilidad civil, según lo establecido en la Ley 5/2025.
Una vez completado el registro, el propietario recibirá un certificado que le permitirá adquirir una etiqueta identificativa.
Esta etiqueta deberá colocarse en un lugar visible del patinete, facilitando la identificación del VMP en caso de accidente o infracción. Esta medida busca equiparar el control de estos vehículos al de otros vehículos a motor.
Seguro Obligatorio y Sanciones
Circular sin el seguro de responsabilidad civil obligatorio para cubrir posibles daños a terceros podría acarrear multas que oscilan entre los 200 y los 800 euros. Además, el vehículo podría ser inmovilizado inmediatamente. Esta exigencia, que inicialmente se enfocaba en vehículos de mayor peso, ahora se extiende a todos los VMP.
Normas de Circulación: Edad Mínima, Casco y Velocidad
Si bien la regulación general no establece una edad mínima para conducir un VMP, los ayuntamientos tienen la facultad de determinarla.
Por lo tanto, es crucial consultar las ordenanzas municipales locales. En algunas localidades, como Pamplona, Sangüesa y Zizur, la edad mínima es de 14 años, mientras que en el Valle de Egüés y Barañáin se eleva a los 16 años.
El uso del casco también depende de la normativa local, aunque las autoridades “recomiendan encarecidamente” su uso, debido a la gravedad de las lesiones que pueden ocurrir en caso de accidente. Lo que sí es obligatorio es la prohibición de circular por aceras, zonas peatonales, plazas y parques. Los VMP solo podrán transitar por la calzada o, si la ordenanza lo permite, por carriles bici, pistas ciclistas y sendas ciclables.
La velocidad máxima permitida para estos vehículos debe estar entre los 6 y los 25 km/h.
Además, se aplican las mismas normas de alcohol y distracciones que al resto de conductores: la tasa de alcohol permitida para mayores de edad es de 0.25 Mg/l, mientras que para los menores es de 0.00 Mg/l. Está prohibido el uso de auriculares o teléfonos móviles mientras se conduce. Finalmente, se recuerda que el VMP es un vehículo unipersonal, por lo que está “terminantemente prohibido que viajen dos personas en un mismo patinete”.













