Convenio de privatización sanitaria en Cantabria bajo la lupa por subcontratación y financiación garantizada

Convenio de privatización sanitaria en Cantabria bajo la lupa por subcontratación y financiación garantizada
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Convenio de privatización sanitaria en Cantabria bajo la lupa por subcontratación y financiación garantizada

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El convenio singular entre el Servicio Cántabro de Salud y el hospital privado Santa Clotilde de Santander está generando controversia. Originalmente otorgado a una entidad sin ánimo de lucro, el acuerdo no considera que algunos servicios sanitarios privatizados serán prestados por la empresa HT Médica, que opera dentro del centro privado perteneciente a la Orden religiosa San Juan de Dios.

Este acuerdo, que asciende a 256 millones de euros hasta 2042, necesitó tres informes jurídicos antes de ser aprobado por los servicios jurídicos del Gobierno de Cantabria. Sin embargo, ninguno de estos informes aborda la subcontratación de servicios sanitarios públicos por parte del beneficiario privado del contrato.

Contrato previo con HT Médica

La Consejería de Salud ya había firmado en diciembre de 2024 un contrato con HT Médica para la lectura de mamografías, aunque siempre lo atribuyó al hospital Santa Clotilde, donde opera la empresa.

Los informes jurídicos consultados exigían una memoria económica “coherente”, justificar la disponibilidad de crédito suficiente para pagar cerca de 16 millones anuales durante casi dos décadas, y establecer sanciones por incumplimiento de objetivos. Sin embargo, el acuerdo se firmó sin este último requisito.

Cláusula polémica

Dos meses después de la firma, se añadió una cláusula que garantiza al hospital Santa Clotilde el 99% de la financiación, independientemente de si cumple o no los objetivos del convenio de privatización de servicios sanitarios.

Advertencia sobre el presupuesto regional

El convenio se firmó a pesar de un informe oficial que advertía que compromete el presupuesto de Cantabria hasta 2042, alertando sobre el “elevado compromiso presupuestario” para las cuentas públicas y la necesidad de “adoptar medidas de priorización del gasto público” en toda la Administración autonómica.

Tres informes jurídicos bajo análisis

El primer informe jurídico, fechado el 5 de septiembre de 2025, exigió una memoria económica “coherente” y un compromiso de gastos plurianual que avalase la disponibilidad de fondos para los pagos anuales. El documento también señalaba que el convenio no es un simple acuerdo de colaboración, sino una relación “contractual” que requiere mecanismos de seguimiento y control, incluyendo la imposición de sanciones.

Fiscalización y seguimiento

El informe también advertía sobre la falta de fiscalización previa por parte de la Intervención General.

Un mes después, la asesora jurídica del Servicio Cántabro de Salud emitió un segundo informe que señalaba la falta del certificado de crédito y del acuerdo de aprobación del compromiso de gasto plurianual, exigidos por la Ley de Finanzas. También indicaba que la comisión de seguimiento del convenio debía limitarse a un seguimiento informativo, sin capacidad para tomar decisiones, fijar criterios o proponer modificaciones.

Veintidós días después, un tercer informe reiteró la necesidad de concretar las penalizaciones por incumplimiento, que finalmente se publicaron en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) en forma de adenda. Se exigía incluir los tipos de incumplimiento, fijar el importe de la sanción y diferenciar las sanciones de las deducciones por incumplimiento de los objetivos.

Aún no se han hecho públicos otros documentos relevantes, como la memoria justificativa de la ausencia de convocatoria pública.