ARCHIVO SIN INVESTIGAR INTENTO DE SOBORNO A COMISARIO EN CASO DE ACOSO

ARCHIVO SIN INVESTIGAR INTENTO DE SOBORNO A COMISARIO EN CASO DE ACOSO
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ARCHIVO SIN INVESTIGAR INTENTO DE SOBORNO A COMISARIO EN CASO DE ACOSO

Foto: Archivo – Todos los derechos reservados

La justicia ha archivado, sin investigar, la denuncia por intento de soborno presentada por un comisario jubilado, quien era testigo clave en el caso del acoso, amenazas y agresiones sufridas por la doctora Elisa Pinto. La decisión judicial considera que no constituye delito el ofrecimiento que recibió el comisario retirado Jaime Barrado, quien fue contactado por otro mando también jubilado, ofreciéndole 20.000 euros a cambio de no declarar contra Javier López Madrid, empresario para quien la Fiscalía solicita 13 años de prisión.

Según el auto de la Sección Tercera, el intento de soborno se considera “una propuesta poco ética” que no justifica la apertura de una causa judicial.

Jaime Barrado grabó la conversación con Fernando Moré, ex jefe de la unidad anticorrupción de la Policía, quien le ofrecía el dinero en nombre de López Madrid. El comisario jubilado presentó la denuncia ante la Guardia Civil, aportando audios y mensajes de WhatsApp que evidenciaban el intento de soborno. Sin embargo, la jueza María del Coro Monreal no apreció delito en la maniobra. La Fiscalía recurrió la decisión en dos ocasiones, pero la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la decisión de la magistrada, cerrando la puerta a la investigación.

Argumentos de la Audiencia Provincial

La Audiencia Provincial justifica su decisión argumentando que el ofrecimiento, aunque “poco ético”, no constituye un delito. Los jueces consideran que la vía utilizada para influir en el testigo, a través de una persona con “especial autoridad” y “estrecha relación” con la investigación, es censurable pero no penalmente relevante.

La Audiencia Provincial ignora que Moré no solo pedía a Barrado que influyera en la doctora Pinto para que retirara la denuncia, sino también que él mismo no declarara en el juicio.

En una de las grabaciones, se escucha a Moré indicando a Barrado lo que debía transmitir a Pinto y a su abogada: “Que yo estoy jubilado y no quiero saber nada. Yo no voy a ir a declarar en contra de nadie ni meterme en líos. Yo ya estoy fuera de eso. Y por lo que estoy viendo, y por lo que puede pasar, yo os aconsejo que lleguéis a un buen acuerdo económico y aquí paz y después gloria. Punto”.

La Fiscalía discrepa y ve indicios de alteración del proceso judicial

La Fiscalía no está de acuerdo con el archivo del caso sin investigación. En su recurso ante la Audiencia Provincial, alegó que “existen indicios de que se ha intentado alterar el desarrollo normal de un proceso judicial, motivo por el cual el sobreseimiento libre de las actuaciones es precipitado”.

“Se ha intentado alterar un proceso judicial”

La Fiscalía argumenta que no se ha practicado ninguna diligencia y que el archivo de la causa es prematuro. Solicitaba que se tomara declaración al denunciante, Jaime Barrado, ya que existen indicios de que se ha intentado alterar el curso de la justicia.

La jueza de instrucción argumentó que Fernando Moré contactó con Jaime Barrado no para que “influyera” en Elisa Pinto, sino para que hablara con la abogada de Pinto con el fin de “intentar llegar a un acuerdo y quizás evitar el proceso”. Para que existiera delito de obstrucción a la justicia, según la jueza, Moré debería haber pedido a Barrado que alterara su testimonio en el juicio.

Jaime Barrado fue el policía que descubrió la presunta implicación del comisario Villarejo en el acoso a Elisa Pinto y organizó una rueda de reconocimiento fotográfico en la que la doctora identificó al policía como el autor del pinchazo que recibió en abril de 2014 mientras el agresor le decía: “López Madrid quiere que cierres la boca”. Villarejo y López Madrid se enfrentan a 13 años de cárcel en un juicio aún pendiente.

La denuncia del comisario jubilado está respaldada por dos atestados de la Guardia Civil que recogen hechos que apuntan a la presunta comisión de delitos de cohecho y/o contra la administración de Justicia.

La jueza Monreal defendió que, al estar ambos comisarios jubilados, no puede haber delito de cohecho a un funcionario público. Tampoco considera que exista obstrucción a la justicia porque no hubo “empleo de violencia o intimidación”.

La Audiencia Nacional absolvió recientemente a López Madrid, a Villarejo y a un colaborador de este por el supuesto encargo del empresario al policía cuando este se encontraba en activo. El tribunal no encontró pruebas suficientes del supuesto contrato entre el empresario y el comisario. Los hechos constitutivos del acoso serán juzgados en otra vista, aún sin fecha, que podría no celebrarse hasta entrado 2027.