El Poder Judicial sanciona con 500 euros al portavoz de la asociación conservadora por retrasos en su juzgado

El Poder Judicial sanciona con 500 euros al portavoz de la asociación conservadora por retrasos en su juzgado

La autoridad disciplinaria planteaba suspender un mes de empleo y sueldo al magistrado Alejandro González Mariscal de Gante por una falta muy grave, pero la mayoría conservadora ha impuesto su criterio y ha rebajado la sanción a leve

Los jueces y fiscales conservadores llevan a Europa su batalla contra el Gobierno de la mano del PP y Vox

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado sancionar con una multa de 500 euros por retrasos en su juzgado al magistrado Alejandro González Mariscal de Gante, portavoz de la conservadora y mayoritaria Asociación Profesional de la Magistratura (APM). La mayoría conservadora de la Comisión Disciplinaria del órgano ha impuesto su criterio y ha acordado imponerle una sanción leve. 

La propuesta realizada por el Promotor de la Autoridad Disciplinaria, que no es vinculante, le atribuía una falta muy grave por la desatención o el retraso injustificado y reiterado en la tramitación y resolución de procedimientos como magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Palma y proponía suspenderlo un mes de empleo y sueldo.

La Fiscalía, por su parte, pedía que fuera suspendido durante tres meses dada la gravedad de los hechos.

Fuentes del órgano afirman que “se ha concluido la existencia de un retraso reiterado”, aunque el voto de los cuatro vocales conservadores de la Comisión Disciplinaria ha permitido rebajar casi al mínimo su sanción.

Los tres vocales progresistas de esa comisión —Ricardo Bodas, José María Fernández Seijo y Lucía Avilés— han anunciado la formulación de un voto particular al considerar que los hechos constituían una falta muy grave.

González Mariscal de Gante es presidente del Tribunal de Instancia de Palma de Mallorca y fue designado el pasado septiembre juez decano gracias al voto mayoritario de sus compañeros, según una nota de prensa difundida por el CGPJ.

Es un rostro muy conocido dentro de la conservadora y mayoritaria APM, donde forma parte de su Comité Ejecutivo y hace tareas de portavocía. 

También es encargado del área de Relaciones Internacionales, lo que explica su intervención en foros comunitarios. Hace solo dos semanas se reunió en Madrid con miembros de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior del Parlamento Europeo, a los que trasladó que, pese a las reformas de los últimos años, “no se han consolidado mejoras estructurales”.

También les alertó del “deterioro” del “clima institucional” y de la “percepción pública de la independencia judicial”. 

El pasado julio participó en una mesa redonda en Estrasburgo organizada por el PP junto al resto de asociaciones conservadoras de jueces y fiscales. Meses antes, en abril, había intervenido en otro debate en la comisión de Libertades Civiles del Parlamento Europeo, donde acusó al Gobierno de Pedro Sánchez de “normalizar prácticas que debilitan el Estado de Derecho” y llamó a la Unión Europea a actuar ante “casos tan visibles y simbólicos, de una cierta degradación institucional dentro de sus propias fronteras”. 

Como parte de su labor jurisdiccional, firmó la sentencia que anuló la gratuidad del túnel de Sóller, cuya construcción se convirtió en el epicentro del primer gran caso de corrupción impulsado en Balears y derivó en los años noventa en el primer gran golpe judicial contra los populares en las islas.

Además, en 2017, suspendió el acuerdo del Ayuntamiento de Palma —gobernado entonces por el PSOE, Més y Podemos— de licitar por vía de urgencia las obras de demolición del monumento franquista sa Feixina.

El CGPJ tiene competencias para exigir responsabilidad disciplinaria a jueces y magistrados si su conducta se desvía de una serie de principios tasados entre los que están la independencia, la imparcialidad o el respeto a las partes.

Las sanciones por faltas cometidas en el ejercicio de sus cargos pueden ir de simples advertencias o multas económicas a traslados forzosos, suspensiones y expulsiones. Las faltas leves sólo pueden sancionarse con advertencia o multa de hasta 500 euros o con ambas.