
Pensión suspendida y devolución millonaria para un jubilado riojano
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Un pensionista de La Rioja deberá reintegrar 46.837 euros a la Seguridad Social tras ser confirmada una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que le obliga a devolver los importes percibidos indebidamente. El motivo: compatibilizar su pensión de jubilación, que recibía desde 2014, con una actividad económica como agricultor sin cumplir con los requisitos legales establecidos.
Investigación y detección de irregularidades
La Inspección de Trabajo detectó que el jubilado desarrollaba una actividad agraria por cuenta propia desde abril de 2020.
A pesar de generar ingresos derivados de esta actividad, el hombre no se había dado de alta en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA), una obligación legal para quienes realizan este tipo de trabajos.
Alta de oficio y expediente de revisión
Tras la investigación, la Seguridad Social procedió a dar de alta de oficio al trabajador en el SETA e inició un expediente para revisar su pensión. Se determinó que los ingresos procedentes de su actividad agraria superaban el límite del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que hacía incompatible el cobro de la pensión.
En consecuencia, se consideró que había percibido pagos indebidos entre abril de 2020 y noviembre de 2022.
Recursos y ratificación judicial
El trabajador, en desacuerdo con la resolución, agotó la vía administrativa sin éxito. Posteriormente, llevó el caso al Juzgado de lo Social nº 3 de Logroño, que confirmó la decisión de la Seguridad Social.
Como última instancia, presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, que también fue desestimado.
Fundamentos de la sentencia del TSJ
El TSJ de La Rioja basó su fallo en el incumplimiento del artículo 213 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). La sentencia establece que el pensionista no solo superó los ingresos permitidos para compatibilizar trabajo y pensión, sino que tampoco cumplía con los requisitos de exención de cotización.
Intento de elusión de responsabilidades
Además, el tribunal consideró probado que el demandante había intentado atribuir los ingresos a su cónyuge con el fin de eludir sus responsabilidades, una maniobra que la Inspección de Trabajo calificó de práctica fraudulenta.
Decisión firme
La decisión judicial es firme: se confirma la suspensión temporal de la pensión y la obligación de devolver los 46.837 euros percibidos indebidamente.













