SENTENCIA CONFIRMA: DESPIDO INJUSTIFICADO DE JEFE DE SECCIÓN EN GALICIA TEXTIL

SENTENCIA CONFIRMA: DESPIDO INJUSTIFICADO DE JEFE DE SECCIÓN EN GALICIA TEXTIL
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SENTENCIA CONFIRMA: DESPIDO INJUSTIFICADO DE JEFE DE SECCIÓN EN GALICIA TEXTIL

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la decisión judicial que declara improcedente la modificación sustancial de las condiciones laborales de un jefe de sección y compras de la empresa Galicia Textil SA, ubicada en Xuvia. La sentencia desestima el recurso de suplicación presentado por la compañía, confirmando así el fallo del Juzgado de lo Social número 1 de Ferrol.

El origen del conflicto: Galicia Textil comunicó al empleado, con una antigüedad desde 1997 y un salario mensual de 2.519 euros, que a partir de enero de 2025 sería relegado a la función de “Anudador (Especialista de Tejeduría)”, una categoría profesional inferior a la que ostentaba.

La empresa justificó esta medida en base a causas organizativas y productivas.

Sin embargo, tanto el trabajador como el sindicato UGT, al que está afiliado y donde ha desempeñado cargos de representación como delegado de personal y secretario general de la sección sindical, impugnaron la decisión.

El TSXG se centra en un aspecto procesal

El TSXG basa su resolución en un aspecto procesal clave. El tribunal gallego se remite a la doctrina consolidada del Tribunal Supremo, que establece que en los procedimientos sobre modificación sustancial de condiciones de trabajo, no procede el recurso de suplicación si se trata de cuestiones de “estricta legalidad ordinaria”.

La única excepción sería la vulneración de derechos fundamentales, circunstancia que no se apreció ni alegó en este caso.

Al considerar que el recurso de Galicia Textil se limitaba a debatir aspectos de legalidad ordinaria, careciendo de un fundamento sólido en materia de derechos fundamentales, la Sala declaró su inadmisión. Esta decisión implica la desestimación del recurso y la confirmación íntegra de la sentencia inicial.

Consecuencias de la sentencia: Se confirma el derecho del trabajador a ser restituido en sus anteriores condiciones de trabajo como jefe de sección y compras.

Además, la sentencia impone las costas a la empresa recurrente, incluyendo el pago de 750 euros en concepto de honorarios al letrado del trabajador, así como la pérdida del depósito constituido para recurrir.

La resolución, fechada el 9 de febrero de 2026, aún no es firme, y contra ella cabe recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.