
Anulada multa de 600.001 euros impuesta por el Gobierno canario por falta de pruebas
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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado una multa de 600.001 euros que el Gobierno de Canarias impuso a una cooperativa agrícola de La Palma. La sanción se basaba en la presunta venta de combustible a terceros, sustentada únicamente en un informe de detectives privados contratados por el denunciante.
Falta de validez probatoria del informe de detectives
El TSJC determinó que el informe de la agencia Motta Detectives carecía de “carácter presuntivo público” y no “goza de presunción de veracidad”, a diferencia de los informes emitidos por funcionarios públicos. Según el tribunal, la administración debió corroborar los hallazgos de los detectives antes de proponer la multa contra la Cooperativa La Prosperidad, con sede en Tijarafe.
La sentencia subraya que “la jurisprudencia exige que, para que un informe privado tenga valor probatorio suficiente, debe ser ratificado en sede administrativa y sometido a contradicción”.
Ausencia de diligencia administrativa
El tribunal señala que no consta que funcionarios de la Viceconsejería de Lucha contra el Cambio Climático y Transición Ecológica, departamento que impuso la sanción en 2022, realizaran inspecciones propias ni verificaran la titularidad de los vehículos mencionados en el informe de los detectives.
Esta “falta de diligencia” por parte de la administración “debilita la base fáctica del expediente”, según el TSJC. La sentencia indica que la jurisprudencia ha anulado sanciones cuando la prueba se basa exclusivamente en informes no ratificados o no contrastados.
Vulneración del principio de contradicción
El TSJC también cuestiona que el Gobierno regional ratificara la investigación de los detectives después de firmar la propuesta de sanción, lo que vulneró el “principio de contradicción” y el derecho de defensa de la cooperativa. Al proponer la multa antes de que la única prueba fuera formalmente confirmada, la Viceconsejería impidió “su contradicción efectiva”.
Calificación errónea de la infracción
Si bien la Cooperativa La Prosperidad tenía autorización para el almacenamiento y suministro de combustible para consumo propio, la supuesta infracción fue su venta a terceros sin permiso. El Gobierno canario consideró que esto vulneraba la Ley 34/1998 del sector de hidrocarburos y tipificó la falta como “grave”.
El TSJC considera que esta es una “interpretación extensiva” de lo que es una infracción “grave” en este ámbito, ya que no se acreditó que la cooperativa “actuara sin título habilitante ni que existiera riesgo para personas, bienes o medio ambiente”. El tribunal señala que la presunta infracción se basa en un uso distinto del autorizado, pero no en una actividad clandestina o sin registro.
Según el TSJC, para que una sanción pueda ser considerada como “grave” existiendo un tipo atenuado de “leve”, se requiere que la conducta encaje exactamente en el tipo, sin que la administración pueda estirar o forzar su interpretación. En este caso, al no haber peligro manifiesto del daño y realizarse la actividad en una instalación registrada, la infracción no sería “grave”, sino “leve”.
Aumento injustificado de la multa
El TSJC también considera “inmotivado” e “injustificado” el aumento de la multa. El informe del órgano técnico especializado había cifrado la sanción en 50.000 euros, pero la resolución del Ejecutivo autonómico elevó esa cuantía a 600.001 euros “sin motivación específica ni nuevo informe técnico que lo justifique”.
La sentencia recuerda que la ley que regula el régimen jurídico del sector público exige que la sanción sea idónea, necesaria y proporcionada al hecho infractor, lo que no se cumple en este caso.
El TSJC impone el pago de las costas al Gobierno de Canarias y otorga un plazo para la presentación de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Antecedentes de problemas en la administración canaria
Este caso se suma a otros recientes que ponen de manifiesto las deficiencias de la administración canaria en la lucha contra infracciones o presuntas infracciones contra el medio ambiente.













