
Nulidad de contrato 'revolving': banco condenado a devolver más de 11.000 euros
Foto: Archivo – Todos los derechos reservados
Un juzgado de Primera Instancia de Ferrol ha fallado a favor de un cliente, condenando a una entidad financiera a la devolución de 11.445,53 euros. La decisión judicial se basa en la declaración de nulidad de un contrato de crédito ‘revolving’ debido a la falta de transparencia en sus condiciones.
El contrato en cuestión, según la sentencia, operaba bajo un sistema de crédito ‘revolving’ con una Tasa Anual Equivalente (TAE) que alcanzaba el 24,51%.
Además, el mecanismo de amortización presentaba características que podían extender la deuda indefinidamente, destinando una porción considerable de las cuotas al pago de intereses en lugar de reducir el capital adeudado.
El juzgado también determinó que no existía constancia de que el cliente hubiera recibido información precontractual adecuada y comprensible sobre el funcionamiento del sistema ‘revolving’, sus riesgos inherentes, la capitalización de intereses y la posibilidad de una prolongación indefinida de la deuda.
En respuesta al fallo, la entidad financiera ya ha consignado en la cuenta del juzgado la cantidad de 11.445,53 euros, correspondiente al saldo resultante de la liquidación de las cantidades cobradas indebidamente al consumidor.
Este tipo de tarjetas y créditos ‘revolving’ han generado numerosas situaciones de endeudamiento prolongado, donde los clientes realizan pagos durante años sin lograr una reducción significativa de la deuda.













