El TSJCV rechaza la querella contra la jueza de la DANA y su esposo

El TSJCV rechaza la querella contra la jueza de la DANA y su esposo
Imagen de archivo: https://www.eldiario.es/

El TSJCV rechaza la querella contra la jueza de la DANA y su esposo

Foto: Archivo – Todos los derechos reservados

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha decidido no admitir a trámite y archivar la querella presentada contra la magistrada de Catarroja que instruye la causa por la gestión de la DANA y contra su esposo, quien también es titular de una plaza judicial de Instrucción en Valencia.

La querella fue interpuesta por Rubén Gisbert, un influencer y abogado que participa en la causa, junto con cuatro familiares de las víctimas de la tragedia.

Falta de pruebas y cuestionamiento de las grabaciones

El Tribunal justificó su decisión argumentando que no se ha presentado un principio de prueba que sustente la comisión de los delitos señalados en la querella. En particular, cuestionó la validez de dos grabaciones de audio aportadas por los querellantes y publicadas por un medio digital. En estas grabaciones, se atribuía al esposo de la magistrada una supuesta injerencia o participación en la instrucción de las diligencias previas de la DANA, específicamente en el interrogatorio y ofrecimiento de acciones a dos perjudicados.

Según los magistrados, “todo parece indicar que se ha obtenido de forma clandestina al margen de cualquier cauce formal”. A pesar de estas reservas, y aun considerando la hipótesis del querellante, la actuación denunciada se consideraría una “irregularidad procesal” con un valor relativo, que debería hacerse valer en el procedimiento correspondiente.

Petición de nulidad “desorbitada”

El Tribunal calificó como “desorbitada” la solicitud de los querellantes de declarar la “nulidad radical y originaria” de toda la instrucción, postura que consideró contradictoria con el papel de acusación particular que ostentan. La resolución añade que no existe base para afirmar que todo el proceso haya sido contaminado, ya que los audios, a lo sumo, revelarían una intervención “puramente accesoria” por parte del magistrado querellado.

Descarte de delitos

Siguiendo el criterio del Ministerio Fiscal, los magistrados descartaron la existencia de indicios de delitos de coacciones, revelación de secretos, usurpación de funciones públicas, prevaricación, encubrimiento y omisión del deber de perseguir delitos.

El auto concluye que, sin perjuicio de la competencia de la Sala para conocer los hechos, procede la inadmisión a trámite de la querella por no considerar que los hechos sean constitutivos de delito.