
Familia de trabajador fallecido en Asturias logra amparo judicial tras nueve años
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La familia de A.S.G., un trabajador de 36 años fallecido en un accidente laboral en Asturias, ha logrado una indemnización de 371.130 euros tras un largo proceso judicial de nueve años. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha declarado la responsabilidad empresarial en el accidente, inicialmente sobreseído y archivado.
El accidente
El 7 de febrero de 2017, A.S.G., casado y con dos hijos, se dirigía en una grúa móvil de gran tonelaje desde Tabaza (Carreño) hasta el parque eólico El Acebo (Grandas de Salime). Mientras circulaba por una pista forestal sin señalizar, con poca visibilidad y terreno embarrado, la calzada cedió y el vehículo se precipitó por una ladera desde 66 metros. El trabajador salió despedido y falleció en el lugar.
Largo proceso judicial
La causa judicial pasó por varios juzgados. Inicialmente, el Juzgado de Instrucción número Uno de Castropol dictó auto de sobreseimiento provisional en 2018, confirmado por la Audiencia Provincial de Asturias. Posteriormente, la familia interpuso una demanda en el Juzgado de lo Social 3 de Oviedo, que estableció una relación de causalidad. Finalmente, el TSJA avaló la tesis de que la muerte se debió a la falta de medidas de seguridad laboral.
Responsabilidades
El TSJA declaró la responsabilidad de las empresas Grúas Roxu S.A., Energías Renovables Operación y Mantenimiento S.L. (Erom S.L.), EDP Renovaveis, S.A., EDP Renovables España S.L., y de las aseguradoras Fidelidade Companhia de Seguros S.A. y Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros S.A.
Hechos probados
El día del accidente, A.S.G. conducía una grúa móvil de 60.000 kg por una pista forestal cuando la calzada se derrumbó, provocando que el vehículo volcara y cayera por el precipicio. El informe técnico de la Guardia Civil y las pruebas periciales aportadas por la familia fueron clave para la sentencia condenatoria.
Ausencia de medidas de seguridad
El informe de la Guardia Civil especificaba que la grúa no tenía autorización para circular por la pista forestal y que el Ayuntamiento de Grandas de Salime no había recibido solicitud de informe para permitir la circulación del vehículo especial. El lugar del accidente era remoto, deshabitado y carecía de señalización. El firme era flexible, estaba en mal estado, carecía de iluminación y la visibilidad era escasa.
Los magistrados determinaron que la empresa de grúas omitió las medidas de seguridad necesarias para trabajos con grúas de gran tonelaje. La pista forestal carecía de señalización y el trabajador no contaba con indicaciones precisas sobre el lugar al que debía dirigirse.
Titularidad y mantenimiento
Grúas Roxu S.A. fue contratada por Energías Renovables Operación y Mantenimiento, S.L. (EROM, S.L.), que gestiona el mantenimiento del parque eólico. EDP Renovables España, S.L. es la titular del parque eólico y de las instalaciones. La pista forestal es propiedad del Ayuntamiento de Grandas de Salime, cuyo mantenimiento se realiza a través de la empresa Parques Eólicos del Cantábrico, S.A. (actual EDP).
Descartada distracción del conductor
La Guardia Civil descartó una posible distracción del conductor. A.S.G. tenía permiso de la clase C desde hacía 15 años y trabajaba como gruista desde 1999, contando con amplia experiencia en la conducción de este tipo de vehículos.
Condecoración al empresario
La familia no ha querido hacer declaraciones debido al dolor por la pérdida y a la presentación de Grúas Roxu S.A. como perjudicado solicitando el coste de la grúa. Además, el Ayuntamiento de Siero, donde reside la familia, ha anunciado que el empresario J.M.G.S. será condecorado con la medalla de oro del concejo por su contribución a “crear riqueza y empleo en el territorio”.













