
CONDENAN A PERIODISTA POR DIFUNDIR BULO SOBRE VACUNACIÓN DE UN PROFESOR
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La Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado la condena a un periodista del digital ‘esdiario’ por intromisión ilegítima en el honor y la intimidad personal de un docente. El periodista, que también era cargo del PP valenciano, publicó un bulo sobre la vacunación contra la Covid-19.
La sentencia desestima el recurso presentado por el periodista, Enrique Martínez Olmos, y la empresa editora, El Semanal Digital SL, contra el fallo inicial del Juzgado de Primera Instancia número de Llíria. Se mantiene la indemnización conjunta y solidaria de 4.000 euros al profesor afectado, la publicación íntegra de la sentencia y el pago de las costas del proceso.
El contexto de la publicación
La información, publicada en 2021 durante la crisis sanitaria por la pandemia, no fue contrastada. El redactor era responsable del área de comunicación del Comité Ejecutivo Autonómico del PP valenciano, miembro de la Junta Nacional del PP y de la dirección de Nuevas Generaciones, además de concejal en Gaibiel (Castellón) y candidato en Zarra (Valencia).
La defensa del periodista
El recurso argumentaba que el periodista se limitó a transcribir una nota de prensa del PP de la Pobla de Vallbona, utilizando la debida cita de la fuente. Se invocó la doctrina jurisprudencial del reportaje neutral.
La decisión de la Audiencia
La Audiencia de Valencia rechazó este argumento, recordando que la información debe apoyarse en datos objetivos extraídos de fuentes fiables. Además, apreció diferencias en el tratamiento de la noticia en relación con la nota de prensa del PP.
Detalles del bulo
El medio publicó la información con el titular “Pillado un dirigente de Compromís en la Pobla saltándose el turno de vacunación”. Sin embargo, el afectado no era dirigente de Compromís (era pareja de una concejala) ni se acreditó que se hubiera saltado el turno de vacunación.
El periodista no contrastó la información con el profesor, quien estuvo dos meses de baja debido a la publicación de la noticia falsa.
El proceso de vacunación del docente
El docente fue convocado en el ambulatorio para vacunarse junto con la directora del centro, que era cuidadora de un familiar dependiente. No se les facilitó información sobre el turno al que respondían, por lo que dedujeron que era el de docentes.
La nota de prensa del PP lo acusaba de “aprovecharse de su posición de cuidador de su padre para vacunarse antes de tiempo”.
Análisis de la sentencia
La sentencia cuestiona la tesis del recurso, señalando que la noticia publicada en ‘esdiario’ no era neutral. Utilizaba expresiones como “pillado” y “saltarse” que acrecentaban un juicio crítico y antisocial de la conducta. La comunicación del PP no utilizaba esos términos ni asociaba la conducta a “aprovecharse de su condición de cuidador”.
Conducta antisocial en un tema sensible
La Audiencia de Valencia considera que la noticia suponía que la persona afectada había realizado una conducta antisocial como saltarse el turno de vacunación, en un momento en que era un tema muy sensible.
El medio no se limitó a dar cuenta de las declaraciones de un tercero, sino que las modificó para presentarlas ante la opinión pública como más antisocial y reprobable.
La Audiencia comparte la valoración del Juzgado de Primera Instancia, que determinó que el redactor no verificó la veracidad de la noticia y que no se acreditó que el profesor se hubiera prevalido de su condición de pareja de una edil para colarse en el turno de vacunación.
La indemnización
El recurso consideraba “excesiva” la indemnización de 4.000 euros. Sin embargo, la sentencia recuerda que el docente estuvo de baja dos meses, afectado anímicamente por la publicación del bulo y su repercusión en la localidad.













