Condenado por abuso sexual a una menor en Ortigueira

Condenado por abuso sexual a una menor en Ortigueira
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Condenado por abuso sexual a una menor en Ortigueira

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La Audiencia Provincial de A Coruña ha emitido una sentencia condenatoria contra un hombre de origen marroquí por un delito de abuso sexual a una niña de 13 años.

Los hechos probados indican que el 28 de febrero de 2022, en un parque de Ortigueira, el acusado persuadió a la víctima para que se alejara de sus amigas. La condujo a un lugar apartado donde la besó sin su consentimiento y, a pesar de sus súplicas, tocó su zona vaginal por encima de la ropa interior.

Acuerdo de conformidad y pena

El juicio, celebrado el 3 de febrero, finalizó con un acuerdo de conformidad.

Inicialmente, la fiscalía solicitaba cinco años de prisión, pero durante el juicio oral redujo la petición a dos años, a lo que se adhirió la acusación particular. La defensa del acusado aceptó la nueva calificación y el propio acusado reconoció los hechos ante el tribunal.

La sentencia, que ya es firme, establece una pena de dos años de prisión, que se sustituirá por la expulsión del territorio español durante cinco años, con la prohibición de regresar.

Esta medida quedará sin efecto si el condenado demuestra suficiente arraigo en España en un plazo de quince días desde la celebración del juicio.

Medidas adicionales

Además de la pena principal, se le prohíbe acercarse a la víctima a menos de 200 metros o comunicarse con ella por cualquier medio durante seis años. También se le impone una inhabilitación especial por diez años para cualquier profesión u oficio que implique contacto regular con menores, y una medida de libertad vigilada por cinco años una vez cumplida la pena privativa de libertad.

En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a la víctima por los daños morales.

La cantidad se determinará en la fase de ejecución de sentencia, una vez completada la evaluación forense de las secuelas psicológicas. La sentencia incluye también el pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.

El tribunal resaltó que la conformidad del acusado, otorgada libremente y con conocimiento de sus consecuencias, permitió dictar una sentencia de estricta conformidad sin necesidad de celebrar el juicio con todas las pruebas.