
Absuelto joven acusado de agresión sexual en Ferrol
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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha absuelto a un joven de 23 años acusado de un delito de agresión sexual. La sentencia, dictada el 23 de marzo, determina que no se ha probado que el acusado sometiera a la denunciante, una menor de 17 años en el momento de los hechos, a una penetración vaginal y anal no consentida en un edificio abandonado de Ferrol.
El tribunal consideró que las pruebas presentadas durante el juicio oral no permitieron establecer la culpabilidad del acusado más allá de toda duda razonable. Como resultado, se decretó su libre absolución y se levantaron las medidas cautelares que pesaban sobre él desde el inicio de la investigación.
Los hechos
Los hechos se remontan a la madrugada del 28 de octubre de 2023, cuando la denunciante y el acusado coincidieron en la discoteca West de Ferrol. Según la acusación, ambos salieron del local de mutuo acuerdo y se dirigieron a un edificio abandonado cercano.
Allí, después de unos acercamientos consentidos, el acusado habría sujetado a la menor y la habría penetrado vaginalmente en contra de su voluntad, cuando ella pidió que parara. Posteriormente, la habría inmovilizado para practicar una penetración anal.
El acusado reconoció haber mantenido relaciones sexuales con la denunciante, pero insistió en que fueron totalmente consentidas. Negó cualquier tipo de coacción, violencia o penetración anal, afirmando que la relación terminó de mutuo acuerdo y que ambos regresaron caminando juntos a la discoteca en actitud cordial.
Dudas en el testimonio de la denunciante
La sentencia subraya que no se puede condenar al acusado basándose únicamente en la declaración de la víctima cuando esta presenta “varias discrepancias en algunos extremos que consideramos especialmente relevantes”. Los magistrados destacaron contradicciones en el relato de la denunciante sobre el momento y la secuencia de las llamadas telefónicas que realizó a sus amigos tras los hechos, así como sobre las circunstancias de su regreso a la discoteca.
Las grabaciones de las cámaras de seguridad del aparcamiento mostraron a ambos caminando juntos y de forma aparentemente tranquila, con la denunciante portando la chaqueta del acusado sobre la cabeza, un hecho que ella negó inicialmente.
Pruebas periciales no concluyentes
La prueba pericial tampoco ofreció resultados definitivos.
Las forenses del Instituto de Medicina Legal de Galicia (IMELGA) consideraron que las lesiones en la zona anal y perianal eran compatibles con una penetración o intento de penetración, pero los peritos de la defensa concluyeron que no existían evidencias de lesiones compatibles con una penetración anal no consentida. Además, el análisis de ADN no detectó el perfil genético del acusado en la región anal de la denunciante.
Principio ‘in dubio pro reo’
Ante este panorama, el tribunal aplicó el principio constitucional ‘in dubio pro reo’. La sentencia señala que “mientras la condena presupone la certeza de la culpabilidad, neutralizando la hipótesis alternativa, la absolución no presupone la certeza de la inocencia sino la mera no certeza de la culpabilidad”. Al persistir dudas razonables sobre la fiabilidad del relato incriminatorio y no existir prueba de cargo suficiente, la resolución debía ser absolutoria.
La resolución puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xusticia de Galicia (TSXG) en un plazo de diez días.













