
Manolo Mori, el exdirector de banco, condenado por crear una banca paralela en Asturias
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Catorce años después de destaparse el caso, Manolo Mori García, exdirector de una sucursal bancaria en Cangas de Onís, ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Asturias por un delito continuado de apropiación indebida. La sentencia, que aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, considera probada su responsabilidad en la creación de una “banca paralela” entre 1998 y 2012.
Mori ha sido sentenciado a dos años de prisión, que no cumplirá al carecer de antecedentes penales, y al pago de una multa de 1.500 euros. Además, deberá indemnizar al Banco Santander S.A. con 636.328,08 euros, correspondientes al dinero que la entidad abonó a 33 perjudicados como reparación del daño, tras adquirir el Banco Popular S.A., que a su vez había sucedido al Banco Pastor, donde trabajaba el acusado.
El ascenso y caída de un “conseguidor”
Durante años, Mori fue considerado un “conseguidor” en Cangas de Onís, resolviendo rápidamente las gestiones económicas de los vecinos con los que tenía una relación de confianza. Clientes firmaban documentos en blanco y le entregaban dinero para que lo ingresara en sus cuentas, confiando en su diligencia y profesionalidad.
Su gestión fue gratificada por sus superiores, logrando que su oficina tuviera “morosidad cero”. Sin embargo, tras la fusión del Banco Pastor con el Banco Popular y la posterior adquisición por parte del Banco Santander en 2012, la situación cambió drásticamente.
Ante la inminente auditoría de los nuevos gestores, Mori confesó la existencia de la banca paralela y se ofreció a colaborar, negando haber utilizado el dinero para su beneficio personal.
La confesión y el caos
La noticia se propagó rápidamente, generando nerviosismo entre los clientes, quienes desconocían las operaciones irregulares. Se formaron colas frente a la sucursal, mientras los auditores comenzaban a investigar cada movimiento económico.
La colaboración de Mori fue clave para que la Audiencia Provincial de Asturias aplicara la atenuante de confesión a su condena. También se tuvo en cuenta la atenuante por dilaciones indebidas, ya que el proceso judicial se extendió durante 14 años.
Un juicio con demoras
El juicio se inició en marzo de 2024 y la sentencia se dictó dos años después. La resolución, de 106 páginas, detalla cada una de las actuaciones contables, las reclamaciones de los clientes perjudicados y las posturas de la fiscalía, las acusaciones y la defensa.
El tribunal declaró probado que Mori, aprovechándose de su cargo y con ánimo de enriquecimiento (propio o de terceros), realizó actos dispositivos irregulares en las cuentas de los clientes, sin su conocimiento ni consentimiento.
Operaciones irregulares
Las operaciones consistían en retiradas de dinero de las cuentas y en no ingresar cuantías entregadas por los clientes. Para ello, Mori se valía de la relación de confianza que mantenía con ellos, así como del crédito empresarial de la entidad.
En algunos casos, presentaba a los clientes impresos bancarios en blanco para que los firmaran, bajo el pretexto de gestionar beneficios. En otras ocasiones, autorizaba las extracciones con su propia firma o sin firma alguna.
Indemnizaciones y responsabilidad civil
La sentencia establece un amplio abanico de indemnizaciones para los 33 clientes perjudicados, desde 9.350 hasta 645.800 euros. Además, Mori deberá pagar al Banco Santander 636.328,08 euros como reembolso por los pagos adelantados a las víctimas.
El Banco Santander ha sido declarado responsable civil subsidiario, debiendo afrontar el pago de las cantidades a las que ha sido condenado Mori, en su condición de adquirente del Banco Popular S.A., que a su vez sucedió a Banco Pastor S.A.
Otras ocho personas, juzgadas como responsables civiles directos a título lucrativo, fueron absueltas.
Víctimas fallecidas
Durante el proceso, algunos de los perjudicados fallecieron, y la Audiencia Provincial determinó que las indemnizaciones correspondientes a estos casos serán destinadas a sus herederos.
La resolución judicial reconoce que el caso sufrió paralizaciones injustificadas y que su duración fue desmesurada. A pesar de la confesión de Mori y del tiempo transcurrido, la sentencia aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.













