
Campaña de la Renta 2025: Novedades y Excepciones para Desempleados y Salarios Bajos
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La campaña para la Declaración de la Renta 2025 se extenderá desde el 8 de abril hasta el 30 de junio, periodo durante el cual los contribuyentes deberán presentar sus declaraciones de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Exención para Desempleados: ¿Quiénes Están Obligados a Declarar?
Se mantiene la medida que exime a los desempleados de la obligación de declarar, ratificada por el Real Decreto-ley 3/2026. Sin embargo, esta exención tiene sus límites. Los desempleados estarán obligados a presentar la declaración si sus ingresos anuales superan los umbrales establecidos: 22.000 euros anuales para aquellos con un único pagador y 15.876 euros si tienen dos o más pagadores.
Deducciones para Salarios Bajos
Una de las principales novedades de esta campaña es la implementación de una deducción para los asalariados que percibieron el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2025, que se fijó en 16.576 euros anuales. Gracias a la Ley 5/2025, estos trabajadores podrán beneficiarse de una deducción de 340 euros anuales.
Esta medida también se aplica, de forma gradual, a aquellos que perciben ingresos de hasta 18.276 euros anuales.
En estos casos, la deducción se reduce progresivamente. Por ejemplo, un contribuyente con un salario de 17.200 euros en 2025 obtendría una deducción de 215,2 euros en su declaración.
Prestación por Desempleo: Requisitos y Duración
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) considera únicamente las cotizaciones de los últimos seis años para calcular el derecho a la prestación contributiva. Es imprescindible haber trabajado y cotizado por desempleo al menos 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo. Este requisito es fundamental, ya que no se tiene en cuenta toda la vida laboral del trabajador.
Una vez cumplido el requisito mínimo de 360 días, la duración de la prestación varía según el periodo cotizado en ese sexenio.
Además, es necesario estar afiliado y en alta en la Seguridad Social, encontrarse en situación legal de desempleo y estar disponible para buscar activamente empleo.
Condiciones Específicas
Existen condiciones específicas para ciertos colectivos, como los emigrantes retornados o los trabajadores eventuales agrarios. Para los emigrantes retornados, el SEPE especifica que “no deberá estar percibiendo la prestación por desempleo en ningún otro Estado del Espacio Económico Europeo o Suiza”. Tampoco se puede cobrar el paro si se ha alcanzado la edad de jubilación o si se tiene una pensión incompatible.













