
Disminuyen los Litigios tras la Implementación de la Mediación Obligatoria en España
Foto: Archivo – Todos los derechos reservados
El número de casos ingresados en los órdenes jurisdiccionales civil y mercantil en España ha experimentado una notable disminución del 20,4% en el último año. Este descenso coincide con la entrada en vigor de la ley de eficiencia, que introduce la obligatoriedad de recurrir a los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) antes de iniciar cualquier proceso judicial en este tipo de asuntos.
Fuentes del Ministerio de Justicia señalan que estas cifras sugieren que se está cumpliendo el objetivo de reducir la litigiosidad y agilizar la resolución de conflictos.
La ley establece que, con ciertas excepciones (como la tutela de derechos fundamentales, filiación, concursos, medidas cautelares o casos de violencia de género), es obligatorio acreditar el intento de solución extrajudicial antes de presentar una demanda.
El Gobierno defiende que esta medida busca fomentar una “cultura del diálogo y del acuerdo”, con el fin de aliviar la carga de trabajo de los tribunales y permitir que los ciudadanos resuelvan sus disputas de manera más rápida.
La mediación se considera especialmente útil en casos que afectan a un gran número de personas y sobre los cuales el Tribunal Supremo ya ha establecido criterios, como las cláusulas suelo, las participaciones preferentes o los fraudes contra las clínicas dentales de bajo costo.
En total, la reducción de la litigiosidad en los cuatro órdenes jurisdiccionales (incluyendo penal, social y contencioso-administrativo) fue del 9,9% entre abril de 2025 y abril de 2026. Sin embargo, no se dispone de datos oficiales sobre el número de conflictos resueltos fuera de los juzgados que han culminado en un acuerdo. Una encuesta del Colegio de Abogados de Madrid indicó que solo el 10% de los intentos de mediación resultan en acuerdo, y advirtió sobre la dispersión de criterios judiciales, que aumenta la inseguridad jurídica.
Nueva Oficina Judicial
Además de la mediación obligatoria, la ley de eficiencia introduce la sustitución de los antiguos juzgados unipersonales por 431 Tribunales de Instancia organizados por jurisdicciones y secciones especializadas.
Según el Ministerio, esto facilita “una mejor gestión de los recursos humanos, mayor agilidad procesal, más capacidad de respuesta ante aumentos de carga de trabajo y ahorro para las arcas públicas”.
La implementación progresiva del nuevo modelo comenzó en julio de 2025 y culminó el 1 de enero de 2026. No obstante, algunos sindicatos han denunciado “caos” en la puesta en marcha de la reforma, con “problemas de coordinación y falta de información”. Señalan que la reasignación masiva de funcionarios ha provocado que muchos desconozcan sus nuevas funciones, y que se han registrado incidencias técnicas y problemas con la asignación digital de expedientes antiguos.
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) concluyó en un informe que la reforma “no ha provocado suspensiones o demoras, más allá de casos puntuales”. Sin embargo, sí reconoció problemas de “insuficiencia de personal”, falta de adaptación de los medios informáticos y “dispersión” de las sedes.
Fuentes del Ministerio de Justicia reconocen que, a pesar de las “incidencias puntuales”, no hay “incidencias estructurales” o “problemas de base”. Afirman que entre el 1 de enero y el 27 de marzo de 2026, las vistas realizadas aumentaron más de un 3% y las vistas señaladas alrededor de un 6%.
En el Ministerio admiten que la entrada en funcionamiento del nuevo modelo de oficina judicial está siendo desigual, aunque “dentro de un orden”. Según el informe del CGPJ, mientras algunas comunidades autónomas han diferido su puesta en marcha, en otros territorios, como Andalucía y Canarias, la implantación ha sido solo “formal”.












