CÓMO COBRAR UNA PENSIÓN SUPERIOR A LA MÁXIMA ESTABLECIDA POR LEY

CÓMO COBRAR UNA PENSIÓN SUPERIOR A LA MÁXIMA ESTABLECIDA POR LEY
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CÓMO COBRAR UNA PENSIÓN SUPERIOR A LA MÁXIMA ESTABLECIDA POR LEY

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Aunque parezca una contradicción, existen mecanismos legales dentro del sistema de la Seguridad Social que permiten a algunos pensionistas percibir una pensión de jubilación que supera el límite máximo establecido por ley. El experto en pensiones, Alfonso Muñoz Cuenca, ha explicado las dos vías principales para lograrlo: el complemento por la reducción de la brecha de género y la jubilación demorada.

Complemento por reducción de la brecha de género

Este complemento, equivalente al antiguo complemento por maternidad, beneficia a aquellos pensionistas que han tenido hijos y cuya pensión se generó a partir de 2016. Según Muñoz Cuenca, la clave reside en que el importe de este complemento se reconoce al margen del tope máximo de pensión.

Para ilustrarlo, pone el ejemplo de la pensión máxima de 2026, fijada en 3.359,60 euros en 14 pagas. Un trabajador con una pensión teórica de 3.500 euros vería su prestación limitada a esa cifra máxima.

Sin embargo, al añadir el complemento por dos hijos (36,90 euros por cada uno), la pensión final ascendería a 3.433,40 euros, superando así el límite legal.

Esta regla también beneficia a las pensiones más bajas. En el caso de un jubilado con 15 años cotizados y cónyuge a cargo, cuya pensión de 800 euros sería complementada hasta la mínima de 1.333 euros (en 2026), al sumar el complemento por dos hijos (73,80 euros), la pensión final sería de 1.406,80 euros, superando así la mínima garantizada.

Jubilación demorada

La segunda vía es la jubilación demorada, que permite obtener un 4% más de pensión por cada año que se retrase voluntariamente la edad de retiro. Muñoz Cuenca aclara que si un trabajador ya alcanza la pensión máxima, este porcentaje adicional no se pierde, sino que se cobra en un complemento adicional.

Ejemplo práctico: Un trabajador con una base de 3.500 euros que se jubila un año más tarde de lo habitual recibiría la pensión máxima (3.359,60 euros) más un complemento de demora del 4% (134,38 euros), resultando en una pensión total de 3.493,98 euros. No obstante, existe un límite anual que no puede superar la base máxima de cotización, fijada para 2026 en 61.214 euros anuales.

El efecto es distinto en las pensiones bajas.

A diferencia del complemento por hijos, el de demora forma parte de la pensión a efecto de los complementos a mínimo. Esto significa que se suma antes de calcular la ayuda para llegar a la pensión mínima.

En la práctica, “retrasar un año nuestra jubilación no ha supuesto una mejora en el resultado final de nuestra pensión” en estos casos, ya que el complemento de demora es absorbido por el complemento a mínimos, sin incrementar la cifra final que recibe el pensionista.