
ANULADA LA ORDENANZA DE ZONA DE BAJAS EMISIONES DE VALLADOLID
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), con sede en Valladolid, ha dictaminado la nulidad de la Ordenanza Reguladora de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) del municipio, tras estimar la demanda presentada por la asociación “LIBERUM”. La sentencia anula el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Valladolid del 28 de octubre de 2024, fecha en la que se aprobó definitivamente la ordenanza.
Falta de Proyecto Previo, Clave de la Anulación
La decisión judicial se basa en el incumplimiento de un requisito fundamental: la elaboración de un proyecto previo al establecimiento de la ZBE, como lo exige el Real Decreto 1052/2022.
El Ayuntamiento de Valladolid defendió la validez del Plan de Movilidad Urbana Segura y Sostenible de Valladolid (PIMUSSVA) de 2021. Sin embargo, el tribunal consideró que no se puede aplicar “sin más, una actuación anterior a unas exigencias nuevas”.
El TSJCyL argumenta que el Ayuntamiento actuó de manera contradictoria al intentar justificar la ZBE con un plan antiguo, mientras elaboraba un nuevo proyecto simultáneamente a la ordenanza, en lugar de hacerlo de forma previa.
Según el tribunal, esta contradicción “no es admisible en derecho” y constituye un defecto de forma determinante para la anulación de la ordenanza.
Consecuencias y Posible Recurso
Debido a la falta de ajuste al ordenamiento jurídico, el TSJCyL ha declarado nula la ordenanza de la ZBE. La sentencia, que condena en costas al Ayuntamiento de Valladolid, aún no es firme.
El consistorio tiene un plazo de treinta días hábiles para interponer un recurso de casación.













