
Fiscalía pide absolución en caso de alzamiento de bienes en A Coruña
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La Fiscalía de A Coruña ha solicitado la absolución del administrador de la empresa Promociones Andima Noroeste S.L., al considerar que los hechos investigados no constituyen un delito de alzamiento de bienes.
El juicio está programado para celebrarse este miércoles en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña, tras ser remitido por el Juzgado de Instrucción número 1 de Ferrol.
Falta de pruebas sobre la insolvencia
En su escrito de acusación, la fiscal encargada del caso argumenta que no se ha probado suficientemente ni la insolvencia de la sociedad ni la existencia de una serie de actos deliberados para provocarla.
Según el Ministerio Público, los movimientos patrimoniales anteriores a 2012, que incluyen traspasos y retiradas en efectivo por valor de más de 195.000 euros a favor de otra empresa, ya habrían prescrito. En cuanto a los movimientos realizados a partir de 2018, la fiscalía considera que “no tienen carácter delictivo suficientemente acreditado”.
Origen de la investigación
La investigación se originó tras una comprobación de la Agencia Tributaria que situaba la deuda de Promociones Andima Noroeste S.L.
en 270.556,08 euros.
Según el informe fiscal, la empresa se habría quedado “sin activos o posibles inversiones” después de una serie de movimientos bancarios realizados entre 2010 y 2012, incluyendo la transferencia de una devolución de IVA de 33.000 euros a otra entidad vinculada.
Ruptura en la cadena de actos fraudulentos
La fiscal subraya que no se ha determinado con exactitud cuándo surgió la deuda ni se ha probado la continuidad de una conducta fraudulenta. Esto, a su juicio, rompe la conexión entre los hechos más antiguos y los ocurridos en 2018 y 2020, cuando el investigado, ya al frente de otra sociedad, realizó retiradas en efectivo por un importe superior a los 157.000 euros en dos años.
“No resulta acreditada dicha sucesión de actos, entendemos que se produce una ruptura entre los hechos ocurridos antes de 2012, los cuales, atendiendo a la fecha de su comisión se hallarían prescritos, y los actos patrimoniales producidos a partir de 2018, cuyo carácter delictivo no estaría suficientemente acreditado”, concluye el escrito fiscal.
En consecuencia, el Ministerio Público ha solicitado al tribunal que dicte una sentencia absolutoria para el acusado, al no encontrar elementos que sustenten su responsabilidad penal.













