Beatriz Murillo, abogada: "Puedes viajar cobrando el paro por un máximo de 30 días continuados o no, dentro de un mismo año; tope de 12 meses para que no se extinga la prestación y la cobres al regresar"

Beatriz Murillo, abogada: "Puedes viajar cobrando el paro por un máximo de 30 días continuados o no, dentro de un mismo año; tope de 12 meses para que no se extinga la prestación y la cobres al regresar"
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Beatriz Murillo, abogada: "Puedes viajar cobrando el paro por un máximo de 30 días continuados o no, dentro de un mismo año; tope de 12 meses para que no se extinga la prestación y la cobres al regresar"

Con la llegada de la Semana Santa, muchas de las personas en paro que hay en España se plantean disfrutar de unas vacaciones. Sin embargo, si los planes incluyen salir fuera del país, surgen algunas dudas sobre si es compatible con el cobro de una prestación por desempleo.

La respuesta es afirmativa, pero existen condiciones muy concretas que conviene tener claras para evitar sanciones y quebraderos de cabeza.

Es posible viajar al extranjero y seguir cobrando el paro siempre que la estancia no supere los 30 días naturales en un mismo año, ya sean continuados o en varios periodos. 

Así lo explica la abogada Beatriz Murillo, quien detalla las claves para no poner en riesgo la ayuda económica. La principal obligación es comunicar al SEPE tanto la salida como el regreso.

La letrada insiste en la importancia de la comunicación con una afirmación clave: “Puedes viajar cobrando el paro por un máximo de 30 días continuados o no, dentro de un mismo año”. 

Para estos viajes cortos de menos de 30 días, no es necesario justificar el motivo al SEPE, pero sí comunicar la salida y, al volver, “es importante que comuniques en plazo que has regresado de tu viaje y que lo hagas siempre por escrito”.

Si el viaje supera los 30 días pero es inferior a 90, el SEPE lo considera un traslado al extranjero.

En este caso, la prestación por desempleo se suspende. Para poder reanudar el cobro al volver, es imprescindible haber solicitado una autorización previa al organismo.

Para estancias superiores a 90 días por motivos de búsqueda de empleo, formación o cooperación internacional, la prestación también se suspende, siempre que no se superen los 12 meses. 

“Antes de viajar, necesitas obtener una autorización previa del SEPE y con ella, podrás volver a cobrar el paro a tu regreso a España”, aclara la abogada.

Al regresar sin haber encontrado trabajo, se podrá solicitar la reactivación de la ayuda.

Omitir la comunicación al SEPE se considera una infracción grave. El organismo puede iniciar un procedimiento sancionador si detecta la salida no notificada o que se ha excedido el tiempo permitido. 

Las consecuencias van desde la pérdida de la prestación hasta la obligación de devolver las cantidades cobradas indebidamente.

De hecho, si la estancia en el extranjero supera los 90 días sin una justificación laboral, formativa o de cooperación, la ayuda se extingue por completo y no se puede recuperar.

Lo mismo ocurre si la ausencia, incluso justificada, supera los 12 meses seguidos. 

Por otro lado, si lo que nos planteamos es viajar dentro de España debes saber que no existe ninguna limitación, más allá de la obligación de estar disponible para incorporarse a un trabajo o atender un requerimiento del SEPE.

Europa se ha convertido en un destino popular para los españoles, con ciudades como Roma, París o Budapest entre las favoritas. Viajar por el continente es cómodo, ya que para moverse por los 27 países de la UE y el espacio Schengen solo se necesita el DNI. 

No obstante, un documento clave para cualquier estancia temporal es la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE), que asegura el acceso a la sanidad pública en igualdad de condiciones que los residentes del país de destino.  

Esta tarjeta gratuita es válida en todos los países de la UE, además de en Islandia, Liechtenstein, Noruega, Reino Unido y Suiza.

Su periodo de validez es de hasta cuatro años y pueden solicitarla todas las personas con derecho a la asistencia sanitaria en España. 

Su uso cubre la atención médica necesaria durante estancias temporales por turismo, estudios o actividad profesional, pero no cubre gastos si el viaje se realiza con el propósito de recibir tratamiento médico.

Solicitar la TSE es un trámite sencillo que puede realizarse por internet, sin necesidad de DNI electrónico o sistema Cl@ve. Tras acceder al portal de la Seguridad Social, hay que seleccionar la opción y rellenar un formulario con los datos personales. 

Es crucial asegurarse de que el domicilio registrado en la base de datos de la Seguridad Social está actualizado, ya que la tarjeta se envía por correo postal a esa dirección en un plazo aproximado de cinco días.