
NULIDAD DE LA TASA DE RESIDUOS EN MADRID: EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ANULA LA ORDENANZA FISCAL
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha asestado un duro golpe a la política fiscal del Ayuntamiento de Madrid al declarar la nulidad de pleno derecho de la tasa por la gestión de residuos, estipulada en la Ordenanza Fiscal 8/2024. La Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM ha estimado los recursos presentados por diversas instituciones y organizaciones, invalidando así la normativa municipal.
Deficiencias en el Procedimiento de Aprobación
La sentencia se centra en el proceso de aprobación de la ordenanza, señalando una infracción sustancial de las normas que lo rigen. Según el Tribunal, se omitió información crucial durante el trámite de información pública, específicamente, anexos esenciales del informe técnico-económico que sustentaba la tasa.
Estos anexos, relativos al estudio de generación de residuos por actividades económicas, eran considerados indispensables para comprender y fiscalizar la cuantificación del tributo. Su ausencia impidió, según la Sala, el adecuado control y entendimiento de la estructura tarifaria.
Obligación Legal y Garantías Procedimentales
Si bien la ordenanza se aprobó en el marco de la Ley 7/2022, que obliga a las entidades locales a implementar sistemas de financiación basados en el principio de “quien contamina paga”, el TSJM subraya que esta obligación no justifica el incumplimiento de las garantías procedimentales ni la falta de motivación adecuada de los elementos esenciales de la tasa.
La Importancia del Informe Técnico-Económico
El Tribunal recalca que el informe técnico-económico es una pieza fundamental en el establecimiento de tasas municipales.
Este informe debe justificar tanto el coste del servicio como los criterios utilizados para determinar la cuota, ofreciendo una explicación razonada y completa de la metodología empleada, tal como exige la doctrina del Tribunal Supremo.
En este caso, el TSJM determinó que el informe publicado, aunque contenía datos y cifras, carecía de la información necesaria para conocer el proceso de cálculo, especialmente en lo referente a la atribución de residuos a las distintas actividades económicas y la configuración de las zonas homogéneas.
Derecho de Participación Ciudadana y Transparencia
La resolución enfatiza la importancia del trámite de información pública como garantía del derecho de participación ciudadana. El Tribunal considera que este trámite no puede ser un mero formalismo, sino un instrumento que permita a los interesados examinar el expediente en su totalidad y formular alegaciones fundadas. Para ello, la Administración debe facilitar toda la documentación relevante, sin excepciones.
El TSJM rechaza el argumento del Ayuntamiento de Madrid de que los anexos omitidos eran meramente auxiliares, afirmando que contenían el núcleo metodológico del sistema de cálculo de la tasa. La ausencia de esta información impidió conocer la trazabilidad entre la actividad económica y la carga tributaria, comprometiendo la transparencia del sistema y la posibilidad de control por parte de los ciudadanos.
Posible Recurso de Casación
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid es susceptible de recurso de casación, por lo que el proceso legal aún no ha concluido.













