
Anulada la tasa de basuras de Madrid: Preguntas y respuestas sobre su posible devolución
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La reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que anula la ordenanza de la tasa de basuras en la capital ha generado incertidumbre entre los 1.4 millones de contribuyentes que la abonaron en 2025.
A pesar de que la oposición y asociaciones vecinales instaron a recurrir la tasa el año pasado, el fallo del TSJM plantea interrogantes sobre el proceso de devolución. A continuación, intentamos responder a las preguntas más frecuentes.
¿Cómo se recurrió la tasa de basuras?
En septiembre de 2025, el Ayuntamiento de Madrid comenzó a emitir los recibos de la nueva Tasa de Gestión de Residuos (TGR), un impuesto municipal que se recuperó tras más de una década por exigencia estatal.
Los ciudadanos que no estaban de acuerdo con el pago podían recurrir en un plazo de 30 días tras la notificación oficial.
El Ayuntamiento de Madrid registró 130.187 reclamaciones presentadas en plazo ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal o la Agencia Tributaria.
¿Cuándo y cómo podría el Ayuntamiento devolver la tasa?
Es probable que el Gobierno de Almeida recurra la sentencia del TSJM ante el Tribunal Supremo, lo que prolongaría el proceso varios meses, ya que la sentencia no será firme hasta que se resuelva este recurso.
Mientras tanto, el Ayuntamiento no está obligado a realizar devoluciones.
Si finalmente perdiera también en el Supremo, el Ayuntamiento establecería el procedimiento para devolver los importes reclamados a quienes presentaron su reclamación en su momento.
La oposición exige que la devolución sea generalizada, tanto para quienes reclamaron como para quienes no lo hicieron, pero el equipo de Almeida aún no se ha pronunciado al respecto.
¿Cuánto dinero podría tener que devolver el Ayuntamiento?
La tasa pretendía recaudar 256 millones de euros para cubrir el coste de la recogida de residuos en la ciudad. Sin embargo, al haber reclamado menos de una décima parte de los contribuyentes, la cantidad a devolver podría ser significativamente menor.
¿Se puede recurrir la tasa de 2026?
Sí, de la misma forma que en 2025: presentando un recurso en el plazo de un mes desde que se notifique la liquidación correspondiente a 2026. Los recursos se presentan, sin necesidad de abogado, en la sede electrónica del Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid o en las oficinas de cualquier registro municipal.
En todos los casos, es necesario abonar primero la tasa y presentar los recursos posteriormente.













