
Sentencia Firme: El Estado Español es el Dueño de los Retratos de Goya
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El Tribunal Supremo ha dictaminado de forma definitiva que los retratos del Rey Carlos IV y la Reina María Luisa de Parma, pintados por Francisco de Goya, pertenecen al Estado Español y no a la empresa Altadis S.A.
La Sala Primera del Tribunal Supremo desestimó los recursos interpuestos por Altadis, confirmando así las sentencias previas de primera y segunda instancia que ya habían fallado a favor del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en esta disputa sobre la propiedad de las obras de arte.
Origen de la Disputa
Los retratos fueron comisionados a Goya en 1789 por la Real Fábrica de Tabacos de Sevilla para adornar un monumento efímero durante las celebraciones del nuevo reinado. Desde entonces, los cuadros formaron parte del patrimonio de la Corona y, posteriormente, del Estado.
Argumentos de Altadis Desestimados
Altadis, sucesora de la Compañía Arrendataria de Tabaco (CAT), argumentaba ser la legítima propietaria de los retratos, ya que los custodiaba desde el siglo XIX. Sin embargo, el Supremo determinó que la posesión de los cuadros por parte de la CAT fue consentida por el Ministerio como ornato de sus edificios, pero sin que este renunciara a la propiedad de los mismos.
El tribunal también rechazó la posibilidad de que Altadis hubiera adquirido la propiedad por usucapión (prescripción adquisitiva), ya que no se demostró que la posesión original se hubiera convertido en posesión a título de dueño, tal como exige el Código Civil.
Protección del Patrimonio Histórico Español
La sentencia del Supremo también invocó el artículo 28 de la Ley del Patrimonio Histórico Español, que declara la imprescriptibilidad de los bienes muebles que forman parte del Patrimonio Histórico Español, impidiendo su enajenación por las Administraciones Públicas.
Aunque en 1999 el Ministerio y Tabacalera firmaron un contrato de comodato en el que se reconocía a esta última como titular de los retratos, el Supremo determinó que dicho contrato no era un título suficiente para que el Estado perdiera la propiedad de las obras.
Cronología de los Hechos Clave
- 1789: Goya pinta los retratos por encargo de la Real Fábrica de Tabacos de Sevilla.
- 1887: La gestión del monopolio del tabaco pasa a la Compañía Arrendataria de Tabaco (CAT).
- 1945: Se crea Tabacalera S.A. para gestionar el monopolio del tabaco bajo un régimen de concesión.
- 1986: Se liberaliza el mercado de tabacos y el Estado declara que los retratos de Goya son de su propiedad.
- 1999: Se firma un contrato de comodato entre el Ministerio y Tabacalera en el que se reconoce a esta última como titular de los retratos.
- 2017: Comienza el litigio en los tribunales.
Conclusión
La sentencia del Tribunal Supremo pone fin a una larga disputa legal, consolidando la propiedad estatal de dos importantes obras de arte de Francisco de Goya y reafirmando la protección del patrimonio histórico español.













