La jueza rechaza la solicitud de personación de Mazón en la causa de la DANA

La jueza rechaza la solicitud de personación de Mazón en la causa de la DANA
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La jueza rechaza la solicitud de personación de Mazón en la causa de la DANA

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La jueza Nuria Ruiz, encargada de la investigación sobre la gestión de la DANA, ha denegado la solicitud de personación en la causa presentada por el expresidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, a través de su abogado.

Mazón buscaba conocer su situación procesal

La petición de Mazón se produjo días después de que la magistrada acordara citarlo a declarar como testigo en la causa. El expresidente había manifestado en las Cortes Valencianas que su intención era averiguar si estaba siendo investigado o no.

Argumentos de la jueza para rechazar la personación

La jueza fundamenta su decisión en el artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), al que alude Mazón. Según la magistrada, este artículo sería aplicable solo si existieran indicios contra el aforado. Sin embargo, el auto del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) de marzo de 2026 exime por el momento a Mazón de responsabilidad penal.

La jueza señala que Mazón solo podría ser parte en el proceso si pretendiera reconocer un hecho delictivo, algo que no se afirma en su escrito. Además, la resolución judicial indica que la personación solo podría basarse en la voluntad de Mazón de reconocer su participación en la causación de los presuntos homicidios y lesiones imprudentes, o en el hecho de que considere que su declaración como testigo implicaría la asunción de responsabilidades penales.

La jueza también aclara que, si Mazón fuera investigado o enjuiciado en otro procedimiento penal relacionado con este caso y su declaración testifical pudiera perjudicarle, podría comparecer asistido por un letrado. Sin embargo, esta situación no consta ni se alega en el escrito de Mazón.

La citación como testigo se mantiene

La jueza insiste en que la decisión de oír como testigo a Carlos Mazón y requerirle sus mensajes y facturas de llamadas del 29 de octubre de 2024, relacionadas con la emergencia, está sujeta a la firmeza de la resolución del TSJCV. Este auto excluye la responsabilidad de Mazón en su vertiente omisiva, al no ostentar la posición de garante, y no aprecia indicios de delito en su acción.

Por lo tanto, la jueza considera que no es posible realizar un juicio de futuro sobre la obtención, durante la instrucción, de indicios que derivaran en eventuales responsabilidades penales de Mazón. Esta eventualidad no puede ser un obstáculo para acordar su declaración testifical.