
CONSERVACIÓN DEL PARQUE NATURAL CABO DE GATA-NÍJAR: UN LLAMADO A LA RESPONSABILIDAD
Foto: Archivo – Todos los derechos reservados
La Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía ha hecho un llamado a la ciudadanía para reforzar las buenas prácticas ambientales en el Parque Natural Cabo de Gata-Níjar. La administración subraya que la colaboración ciudadana es esencial para la preservación de este enclave único.
El compromiso de los visitantes es crucial, dado el alto valor ecológico, geológico y paisajístico del parque. Se insta a disfrutar del entorno con respeto, prudencia y conciencia ambiental, siguiendo siempre las indicaciones del personal del parque.
Zonas Frágiles y Proyectos de Restauración
La duna de Mónsul y la duna fósil de Los Escullos son áreas particularmente vulnerables y prioritarias para la conservación.
En estas zonas se llevan a cabo importantes proyectos de restauración ambiental que requieren una protección especial para asegurar su éxito.
Está terminantemente prohibido subir a las dunas o circular fuera de los senderos autorizados, ya que las pisadas dañan la estructura dunar, aceleran la erosión y obstaculizan los trabajos de restauración, como el vallado perimetral instalado en la duna de Mónsul.
Normas de Uso Público: Residuos y Estacionamiento
El correcto manejo de los residuos es otra norma fundamental. Cada visitante debe retirar su basura y depositarla en los contenedores adecuados o llevarla fuera del espacio protegido. Abandonar residuos constituye una infracción que deteriora el medio natural y altera gravemente los ecosistemas.
Asimismo, el estacionamiento está permitido únicamente en las zonas señalizadas.
Aparcar sobre vegetación, arena o en accesos restringidos daña hábitats sensibles y dificulta la gestión del espacio natural protegido.
Marco Legal y Sanciones
Estas limitaciones están amparadas por la Ley 2/1989, que regula el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía. Esta normativa establece un régimen sancionador para conductas que degraden el entorno, con multas que pueden alcanzar los 60.000 euros.
El incumplimiento de las limitaciones de uso, el deterioro de elementos naturales protegidos o la realización de actividades prohibidas que causen daños relevantes se consideran infracciones graves o muy graves, cuya sanción será determinada por la administración competente según la gravedad de los hechos.













