
Rechazada en España querella contra Huawei por presunta colaboración en genocidio uigur
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La Audiencia Nacional ha desestimado una querella presentada por dos asociaciones que acusaban a las filiales españolas de las empresas chinas Huawei, Hikvision y Dahua de colaborar con el genocidio y crímenes de lesa humanidad cometidos contra la minoría uigur en la región autónoma china de Xinjiang. El tribunal determinó que no es competente para conocer los hechos, siguiendo el criterio de la Fiscalía.
Fundamentos de la Decisión Judicial
El juez Ismael Moreno, en su auto, explicó que la querella se basaba en el principio de jurisdicción universal, argumentando que las filiales operativas en España podrían haber facilitado la canalización comercial y financiera de sistemas tecnológicos empleados en la represión, como cámaras de reconocimiento racial.
Sin embargo, el juez, citando al fiscal, señaló que la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 2014 limitó la persecución de delitos cometidos en el extranjero, estableciendo requisitos que no se cumplen en este caso. El artículo 23.4 de dicha ley exige que el procedimiento se dirija contra un español o un extranjero residente habitual en España. En este caso, las empresas querelladas son personas jurídicas chinas cuyo vínculo con España se establece a través de sus filiales.
El juez resaltó que las filiales españolas deberían haber tenido una participación directa y autónoma en la comisión del delito denunciado, lo cual no se desprende del escrito presentado. Como ejemplo, mencionó el desarrollo de sistemas de reconocimiento racial, pero indicó que no se ofrece información sobre la participación de la filial española en el desarrollo de estos sistemas.
Adicionalmente, el juez señaló que el delito de lesa humanidad no puede ser cometido por personas jurídicas, por lo que no es aplicable el principio de personalidad.
Recurso Presentado por las Asociaciones
Ante esta resolución, las asociaciones Congreso Mundial Uigur (WUC) y Don’t Fund Russian Army (DFRA) han presentado un recurso ante la Sala de lo Penal. Argumentan que el juez ignoró la calificación jurídica de delito de colaboración con organización terrorista, que sí permite la responsabilidad penal de las personas jurídicas y otorga jurisdicción a los tribunales españoles.
Las asociaciones también critican la interpretación “excesivamente formalista” del principio de personalidad jurídica, argumentando que la filial española carece de autonomía real en la toma de decisiones estratégicas y opera como un mero instrumento para la proyección de la actividad de la matriz en España. Alegan que la matriz tiene un “auténtico domicilio operativo” en España a través de su filial, lo que legitima la acción penal contra la entidad que canaliza dicha actividad.
Acusaciones de Genocidio y Represión contra los Uigures
La querella, elaborada por el despacho penalista Soriano i Piqueras, sostiene que desde 2014 el Partido Comunista de China ha practicado “una política sistemática de exterminio” contra el pueblo uigur en la región de Xinjiang. Esta política incluiría actos de asesinato, detención ilegal, esterilización forzada y aborto, que constituyen delitos de lesa humanidad.
Según los querellantes, a finales de los ochenta, las manifestaciones multitudinarias en Xinjiang provocaron el temor del Gobierno chino a perder el control sobre la región, lo que llevó a un endurecimiento del régimen con medidas como ejecuciones arbitrarias, destrucción de mezquitas, adoctrinamiento forzado e inmigración masiva de la etnia han.
Además, el Gobierno chino habría utilizado el contexto internacional de lucha contra el terrorismo tras el 11-S para justificar la intensificación de la represión contra el pueblo uigur, alegando supuestos vínculos de sectores de la oposición uigur con redes islamistas de Asia Central.
Las asociaciones lamentan que las medidas implementadas bajo el pretexto de estabilidad social, lucha contra el terrorismo islamista, reeducación o reducción de la pobreza tienen como objetivo limitar el crecimiento demográfico uigur, controlando la natalidad y llevando a cabo esterilizaciones forzadas de mujeres.
El Rol de las Nuevas Tecnologías
La querella destaca que la utilización de nuevas tecnologías ha permitido a China ampliar el alcance de la represión, creando una base de datos denominada “Plataforma Integrada de Operaciones Conjuntas” y una densa red de videovigilancia en las principales ciudades de Xinjiang.
Se señala que Hikvision y Dahua dominan el mercado mundial de la videovigilancia, mientras que Huawei ocupa una posición de liderazgo en el mercado mundial de las telecomunicaciones. Las tres empresas obtienen una parte sustancial de su facturación de su colaboración con el régimen chino.
En el caso de Huawei, se destaca su cooperación directa con la policía de Xinjiang en proyectos de seguridad pública, participando en el desarrollo del sistema regional de vigilancia policial. Se alega que las tres empresas habrían desarrollado programas de reconocimiento étnico destinados a las autoridades, que permitirían alertar a la policía local en caso de detectar la presencia de individuos identificados como uigures o tibetanos.













