Varapalo de la UE a España por la contratación de interinos

Varapalo de la UE a España por la contratación de interinos
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Varapalo de la UE a España por la contratación de interinos

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Un duro revés para España en lo que respecta al tratamiento de los trabajadores interinos. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que las medidas implementadas en España para sancionar el uso abusivo de contratos temporales en el sector público no se ajustan a la legislación de la UE.

Las medidas españolas son insuficientes, según el TJUE

El Tribunal de Justicia considera que medidas como la transformación de contratos temporales en indefinidos no fijos, el pago de indemnizaciones al término de la relación laboral, el régimen de responsabilidad de las Administraciones Públicas y la convocatoria de procesos selectivos que valoran la experiencia del trabajador, no son suficientes para sancionar adecuadamente el abuso ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la UE.

Según el TJUE, la conversión de contratos temporales sucesivos en una relación laboral indefinida no fija no es una sanción adecuada, ya que mantiene la naturaleza temporal de la relación laboral y no resuelve la precariedad del trabajador.

La estabilidad en el empleo es un componente primordial de la protección de los trabajadores, recordó el TJUE.

Indemnizaciones y procesos selectivos, tampoco son la solución

La Justicia europea descarta que las indemnizaciones pagadas al extinguirse la relación laboral puedan eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la UE en todos los casos de abuso de contratos de interinos.

El TJUE también considera que la convocatoria de procesos selectivos no es una medida adecuada para prevenir y sancionar los abusos, ya que, aunque se valore la experiencia del trabajador, esta valoración no se limita a los candidatos que hayan sido víctimas de dichos abusos. Además, el tribunal señala que el trabajador puede no participar en el proceso selectivo o no superarlo, y que la valoración de la experiencia favorece a todos los trabajadores temporales, incluso a los que no han sufrido el abuso.

Régimen de responsabilidad de las Administraciones Públicas

En cuanto al régimen de responsabilidad de las Administraciones Públicas, el TJUE indica que este no es una medida adecuada cuando tiene un carácter ambiguo, abstracto e imprevisible y no se acompaña de otras medidas efectivas, disuasorias y proporcionadas que permitan eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión. Por ello, insta al Tribunal Supremo a comprobar si el régimen de responsabilidad previsto en la legislación española se basa en disposiciones precisas, previsibles y aplicables en la práctica, que permitan sancionar debidamente a la Administración Pública.

El Caso Obadal

La decisión del tribunal europeo se produce a raíz del Caso Obadal, en el que una trabajadora ha desempeñado funciones de cuidadora de niños en un centro educativo público de la Comunidad de Madrid desde 2016, a través de seis contratos de interinidad sucesivos para cubrir una vacante o sustituir a un trabajador.

Los tribunales españoles dictaminaron que su relación laboral era “indefinida no fija” debido al uso abusivo de sus contratos temporales. Esto implicaba que la trabajadora permanecería en su puesto hasta que se cubriera definitivamente mediante un proceso selectivo y recibiría una indemnización al extinguirse su relación laboral. No conforme con esta decisión, la trabajadora elevó su caso al Tribunal Supremo para que se declarara su relación laboral como fija.

El Supremo, a su vez, consultó al TJUE para que aclarara si la normativa y la jurisprudencia nacionales relativas al concepto de relación laboral indefinida no fija cumplen con los requisitos derivados del Acuerdo Marco sobre el Trabajo de duración determinada, es decir, si contienen medidas adecuadas para sancionar dichos abusos en el sector público.

El Acuerdo Marco sobre el Trabajo de duración determinada es una norma europea que busca mejorar la calidad del empleo temporal, garantizando la no discriminación frente a trabajadores fijos y, en teoría, limitando el abuso de contratos sucesivos.