Bruselas frena el intento del PP de que la Justicia Europea revise el fallo del TC que anuló las condenas a Chaves y Griñán

Bruselas frena el intento del PP de que la Justicia Europea revise el fallo del TC que anuló las condenas a Chaves y Griñán

La Comisión Europea da un varapalo a la Audiencia de Sevilla que, a instancias del partido de Juanma Moreno, suspendió las sentencias absolutorias del órgano español de garantías y elevó el caso ERE al Tribunal de la UE, que se declara “manifiestamente incompetente”

La Audiencia de Sevilla lleva a la Justicia europea las sentencias del Constitucional que anulan las condenas del caso ERE

La Comisión Europea (CE) ha solicitado la inadmisión a trámite de la petición de la Audiencia Provincial de Sevilla de elevar ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de anular sus condenas a una decena de inculpados por el caso ERE, el procedimiento específico de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos. Bruselas considera que “el TJUE es manifiestamente incompetente” para responder a las cuestiones planteadas por la Audiencia hispalense, que intentaba recurrir entre otros las resoluciones del tribunal de garantías sobre los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

El escrito de alegaciones elaborado por la CE, consultado por Europa Press y adelantado por Diario de Sevilla, considera que las cuestiones prejudiciales son “inadmisibles” y asevera que “se abstendrá de presentar observaciones sobre el fondo del asunto”.

Así, indica que el Tribunal de Justicia ha declarado que “no es competente para pronunciarse sobre un asunto en el que resulta evidente que la disposición del Derecho de la Unión sometida a la interpretación del Tribunal de Justicia no es aplicable al asunto principal o en el que una situación jurídica no está comprendida en el ámbito de aplicación del Derecho de la Unión”.

“No entra en el ámbito de aplicación”

“Como la fuente de financiación parece ser el presupuesto de la comunidad autónoma y no existe financiación con cargo al presupuesto de la Unión, el asunto principal no entra en el ámbito de aplicación material del artículo 325 TFUE ni en el de las disposiciones de Derecho derivado a la protección de los intereses financieros de la Unión mencionadas en las cuestiones prejudiciales. Por ello, esas disposiciones son simplemente inaplicables”, ha expresado.

La Audiencia de Sevilla acordó el pasado mes de julio elevar una cuestión prejudicial ante el TJUE con relación al mandato de dictar nuevas sentencias en línea con lo resuelto el año pasado por el TC anulando condenas contra ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía, una iniciativa que desde la Audiencia justificaron para “evitar un riesgo sistémico de impunidad futura en escenarios similares” y “salvaguardar los intereses financieros de la UE”.