NUEVA FECHA PARA EL DESALOJO DEL MONASTERIO DE BELORADO: 12 DE MARZO

NUEVA FECHA PARA EL DESALOJO DEL MONASTERIO DE BELORADO: 12 DE MARZO
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NUEVA FECHA PARA EL DESALOJO DEL MONASTERIO DE BELORADO: 12 DE MARZO

El Monasterio de Santa Clara de Belorado se prepara para una nueva fecha de desalojo. El Tribunal de Briviesca ha fijado el 12 de marzo a las 09:30h para la ejecución del lanzamiento, otorgando así un mes adicional a las exreligiosas para que abandonen voluntariamente el recinto burgalés.

Esta decisión judicial confirma que las exmonjas deberán desalojar el monasterio, después de que el tribunal desestimara íntegramente su oposición al procedimiento.

DESESTIMADOS LOS ARGUMENTOS DE LA DEFENSA

La Letrada de la Administración de Justicia fijó la fecha tras rechazar todos los argumentos presentados por las exmonjas para frenar o retrasar el desalojo. El Auto judicial desestima uno por uno los cinco motivos de oposición formulados contra la ejecución provisional del desahucio.

El tribunal recuerda que ya no existen obstáculos procesales derivados de recursos pendientes, puesto que la Audiencia Provincial de Burgos confirmó íntegramente la sentencia de desahucio dictada el 31 de julio de 2025. Según el Auto, el motivo alegado por la defensa “ha perdido absolutamente la razón de ser, habiendo recaído sentencia de la Audiencia que desestima el recurso íntegramente”.

SIN VULNERABILIDAD NI CONDICIÓN DE “GRAN TENEDOR”

Tampoco prosperó el argumento relativo a la supuesta condición de “gran tenedor” del Monasterio ni la alegada situación de vulnerabilidad de las demandadas.

El tribunal subraya que “no se trata de un motivo tasado de oposición” y añade que las propias exreligiosas renunciaron expresamente a dicha condición de vulnerabilidad. Además, se destaca que los inmuebles del monasterio tienen un “uso religioso”, no equiparable al de una vivienda habitual.

REPRESENTACIÓN DEL COMISARIO PONTIFICIO

Otro punto clave abordado en la resolución es la impugnación de la representación del Comisario Pontificio, Mario Iceta. El Auto señala que este motivo “decae tras la sentencia recaída en la segunda instancia”, que reconoce la facultad del administrador del Monasterio, el arzobispo de Burgos, para requerir el desalojo de las exmonjas. El tribunal considera que se trata de un argumento reiterado y carente de base jurídica para oponerse a la ejecución provisional.

TEMOR A DAÑOS DESCARTADO

En cuanto al temor expresado por las exreligiosas a que el inmueble pudiera sufrir daños irreversibles, la resolución judicial descarta esta posibilidad al no existir prueba alguna.

Según el Auto, ese miedo se basa en “una suposición, una hipótesis, no sostenida por elemento probatorio alguno”.

El tribunal concluye que, incluso en el hipotético caso de una futura revocación de la sentencia, la situación sería fácilmente reversible, ya que las afectadas podrían regresar al inmueble. Por ello, también se desestima el único motivo tasado que permite oponerse a una ejecución provisional.

Finalmente, aunque las exreligiosas solicitaron una prórroga para el desalojo voluntario, el órgano judicial recuerda que esta decisión corresponde exclusivamente a la Letrada de la Administración de Justicia, quien ya ha fijado el lanzamiento para el 12 de marzo de 2026. Con esta decisión, el tribunal desestima íntegramente la oposición, impone las costas a las exmonjas y ordena que continúe la ejecución del desahucio del Monasterio de Santa Clara de Belorado.