Santiago Segura pierde la batalla con Hacienda en el Tribunal Supremo

Santiago Segura pierde la batalla con Hacienda en el Tribunal Supremo
Imagen de archivo: https://www.eldiario.es/

Foto: Archivo – Todos los derechos reservados

Santiago Segura pierde la batalla con Hacienda en el Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha dictaminado que el grupo empresarial liderado por Santiago Segura, reconocido creador de la saga ‘Torrente’, realizó un pago insuficiente de 827.000 euros en su Impuesto de Sociedades correspondiente al año 2011. Esta decisión judicial respalda la postura de la Agencia Tributaria, que argumentó que el holding de Segura intentó obtener beneficios fiscales indebidos al compensar pérdidas de una de sus empresas.

Detalles del caso

La Agencia Tributaria inició una investigación sobre el grupo empresarial de Santiago Segura en 2013. AE William Holding, el conglomerado fiscal administrado por Segura, englobaba varias compañías vinculadas al productor cinematográfico, incluyendo ‘Amiguetes Entertainment’, la productora responsable de la mayoría de las películas de ‘Torrente’. La controversia surgió tras la incorporación, en 2008, de una sociedad con pérdidas acumuladas, momento en el que, según Hacienda y el Supremo, se intentó obtener beneficios fiscales de manera irregular.

Inicialmente, Hacienda acusó a Segura de un pago inferior en 827.183,29 euros en el Impuesto de Sociedades de 2011, además de imponerle sanciones por más de 700.000 euros. Si bien los tribunales administrativos anularon las sanciones, la Audiencia Nacional respaldó la posición de Hacienda, considerando irregular la compensación de bases imponibles negativas por las pérdidas millonarias de ‘Netjuice’, una de las compañías del holding, antes de su integración.

Decisión del Tribunal Supremo

El caso llegó al Tribunal Supremo después de que el grupo empresarial de Segura recurriera la resolución desfavorable de la Audiencia Nacional. La entidad argumentó que la normativa tributaria permitía compensar las pérdidas de años anteriores. Sin embargo, el Supremo dictaminó que sí debía pagar los 827.000 euros reclamados.

Los jueces explicaron que, independientemente de si la fusión empresarial era directa o indirecta, se aplicaban los mismos límites para evitar un “doble aprovechamiento” de las bases imponibles negativas. La sentencia añadió que las compañías de Segura buscaban una “suerte de amnesia fiscal o borrado histórico” de la empresa antes de formar parte de su grupo, lo cual no está amparado por la ley.

Votos particulares y debate interno

La decisión del Tribunal Supremo no fue unánime, generando una división interna poco común. Dos de los seis magistrados emitieron votos particulares a favor de dar la razón a Santiago Segura.

Sandra María González de Lara, una de las magistradas discrepantes, argumentó que podría existir “una laguna en la ley” y que la interpretación de sus compañeros implicaba forzar un precepto legal en detrimento del holding del productor.

Francisco José Navarro, otro magistrado discrepante, consideró que se aplicó una norma pensada para subrogaciones empresariales, lo cual no era el caso.

Desde el equipo legal de Segura señalan que ya se había puesto a disposición de Hacienda los 820.000 euros en 2016 y que nunca fue acusado de delito fiscal. Subrayan que estas operaciones no estaban expresamente reguladas en ese momento y que su caso ha sentado doctrina tras un extenso debate en el Tribunal Supremo.