Jubilado español debe devolver más de 10.000 euros de su pensión por error administrativo

Jubilado español debe devolver más de 10.000 euros de su pensión por error administrativo
Imagen de archivo: https://www.cope.es/

Foto: Archivo – Todos los derechos reservados

Jubilado español debe devolver más de 10.000 euros de su pensión por error administrativo

Un jubilado en España se ha visto obligado a devolver 10.027,66 euros de su pensión a la Seguridad Social, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirmara que se trataba de un cobro indebido. El hombre percibió el 100% de su prestación mientras figuraba dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), una situación que la justicia considera incompatible.

El origen del caso

El caso se remonta a mayo de 2019, cuando el afectado comenzó a recibir su pensión en la modalidad de jubilación activa, compaginándola con su trabajo por cuenta propia. Posteriormente, notificó a la Seguridad Social su intención de cesar la actividad a partir del 1 de enero de 2020 para poder recuperar el 100% de la pensión.

La falta de baja formal en el RETA

El problema surgió porque, a pesar de comunicar el cese de su actividad, el jubilado nunca tramitó su baja formal en el RETA. Continuó dado de alta y abonando las cuotas correspondientes hasta agosto de 2020.

La Tesorería General de la Seguridad Social consideró esta situación como un cobro indebido de la pensión, lo que motivó la reclamación de los 10.027,66 euros.

Respaldo judicial a la Seguridad Social

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso del pensionista y ha respaldado la decisión de la Administración. La sentencia se basa en el artículo 214 de la Ley General de la Seguridad Social, que regula las incompatibilidades de la pensión de jubilación. El tribunal subraya que, según los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social, el jubilado estuvo de alta como trabajador autónomo durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 2 de agosto de 2020.

La importancia de la situación administrativa formal

La Sala enfatiza que lo determinante no es la existencia de ingresos o actividad real, sino la situación administrativa formal del trabajador. El hecho de que abonara las cuotas del RETA sin ninguna manifestación en contra demuestra que conocía su situación.

Los magistrados consideran que la reclamación de la Seguridad Social se ajusta a la ley.

La clave del litigio

La clave de todo el litigio reside en que el jubilado creyó que bastaba con comunicar el cese de actividad. Sin embargo, la normativa exige causar baja efectiva en el RETA. La resolución judicial es clara al afirmar que los hechos probados confirman que el hombre permaneció de alta en el RETA y efectuó el ingreso de las cuotas, lo que implica que compatibilizó indebidamente la pensión con la actividad por cuenta propia.