¿Conoces el “paro” para autónomos? Requisitos y cómo funciona

¿Conoces el "paro" para autónomos? Requisitos y cómo funciona
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¿Conoces el “paro” para autónomos? Requisitos y cómo funciona

Muchos trabajadores autónomos desconocen que existe una prestación por cese de actividad, una ayuda crucial en momentos económicos difíciles. El abogado y creador de contenido Xavi Abat ha explicado a través de un vídeo en TikTok cómo funciona este “paro” para autónomos, desmintiendo la creencia de que los autónomos no tienen derecho a ayudas al cerrar su negocio.

¿Qué es la prestación por cese de actividad?

En España, la prestación por cese de actividad está diseñada para proteger a aquellos autónomos que no pueden continuar con su actividad profesional. Aunque no se regula como un paro tradicional, funciona de manera similar, con requisitos, duración y cuantía específicas.

El acceso a esta prestación está ligado a situaciones que impiden la viabilidad del negocio. La más común es registrar pérdidas superiores al 10% de los ingresos anuales.

Sin embargo, también se puede solicitar en otras circunstancias:

  • Deudas que superen el 30% de los ingresos del año anterior.
  • Ejecuciones judiciales o administrativas.
  • Declaración de concurso de acreedores.
  • Pérdida de la licencia del negocio.
  • Situaciones de fuerza mayor.
  • Casos de violencia de género.
  • Separación o divorcio en negocios familiares.

Estas situaciones están reconocidas en la normativa como causas válidas para acceder al cese de actividad.

Requisitos para acceder a la ayuda

Para beneficiarse de esta ayuda, es necesario cumplir con una serie de requisitos:

  • Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el Régimen del Mar.
  • Haber cotizado al menos 12 meses por cese de actividad.
  • Firmar el compromiso de actividad con el SEPE.
  • No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación en caso de cese definitivo.
  • Estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.

Es importante recordar que la cotización específica para esta prestación es obligatoria desde 2019, por lo que algunos autónomos con más trayectoria podrían no haber generado aún el derecho completo.

Cuantía y duración de la prestación

La cantidad que se recibe depende directamente de lo cotizado por el autónomo en los últimos meses. El importe equivale al 70% de la base reguladora, calculada sobre el promedio de los últimos doce meses. Quienes hayan cotizado por bases más bajas recibirán una prestación menor, mientras que quienes hayan aportado más a la Seguridad Social recibirán una prestación mayor.

La duración del cese de actividad depende de los meses cotizados en los cuatro años anteriores al cierre del negocio. Los periodos son los siguientes:

  • De 12 a 17 meses: 4 meses de prestación.
  • De 18 a 23 meses: 6 meses.
  • De 24 a 29 meses: 8 meses.
  • De 30 a 35 meses: 10 meses.
  • De 36 a 42 meses: 12 meses.
  • De 43 a 47 meses: 16 meses.
  • Con 48 meses cotizados: hasta 24 meses.

Este es el periodo máximo que se puede alcanzar actualmente.

Un salvavidas para los autónomos

El vídeo de Xavi Abat ha tenido un gran impacto, revelando a muchos autónomos la existencia de esta prestación.

En un contexto de aumento de costes e incertidumbre económica, conocer estas ayudas puede ser crucial.

Como subraya Abat, “no es cierto que los autónomos estén completamente desprotegidos”, aunque acceder a esta prestación requiere planificación, haber cotizado previamente y cumplir todos los requisitos legales.