
¿Puede tu comunidad de vecinos prohibirte tener mascotas? Esto es lo que dice la ley
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En España, donde el número de mascotas supera al de bebés en los hogares, la convivencia con animales en comunidades de vecinos a menudo genera interrogantes. Aunque la libertad individual prevalece dentro de cada hogar, la ley establece límites claros sobre las decisiones que puede tomar una junta de vecinos en relación con los animales.
¿Qué puede prohibir la comunidad?
Una comunidad de propietarios no puede prohibir de forma genérica la tenencia de animales en los pisos, a menos que esta restricción esté explícitamente estipulada en los estatutos inscritos en el Registro de la Propiedad. Sin embargo, incluso en ese caso, su validez podría ser cuestionable si se considera desproporcionada, según explica Teresa Suárez, administradora de fincas colegiada.
Límites dentro y fuera de la vivienda
Limitar el tipo de animal por raza o tamaño también resulta complejo. Dentro de las viviendas, estas restricciones suelen ser problemáticas y podrían considerarse abusivas si no están debidamente justificadas. La junta de vecinos tiene mayor poder de decisión en los espacios comunes, como portales, ascensores, jardines o piscinas. En estos casos, la comunidad puede obligar a llevar al perro atado, prohibirle el acceso a la piscina o el uso del ascensor. Para aprobar una norma de régimen interno de este tipo, solo se requiere una mayoría simple.
Herramientas legales ante conflictos
Aunque no exista una prohibición en los estatutos, los vecinos disponen de herramientas legales si la convivencia se ve afectada por ruidos, daños o malos olores. La Ley de Propiedad Horizontal permite actuar frente a las denominadas actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas. Si, tras un requerimiento formal, el dueño no soluciona el problema, la comunidad puede iniciar una acción judicial que, en casos graves, podría incluso privar al infractor del uso de la vivienda por un tiempo determinado.
En resumen, el marco legal busca un equilibrio entre el derecho a tener animales y el bienestar del resto de los vecinos. Los tribunales suelen aplicar un criterio claro: tener mascotas no está prohibido por defecto, pero su tenencia debe ejercerse sin perjudicar a los demás propietarios.













