La Justicia andaluza rechaza el lenguaje inclusivo en el Colegio de Abogados de Sevilla

La Justicia andaluza rechaza el lenguaje inclusivo en el Colegio de Abogados de Sevilla
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La Justicia andaluza rechaza el lenguaje inclusivo en el Colegio de Abogados de Sevilla

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso presentado por 18 abogadas que demandaron al Colegio de Abogados de Sevilla (ICAS) y al Consejo Andaluz de Colegios de Abogados. Las demandantes solicitaban que se modificara la denominación de la institución para utilizar un término más inclusivo, como “Colegio de la Abogacía” en lugar de “Colegio de Abogados”.

La sentencia del TSJA argumenta que no existe una “norma imperativa” en la legislación española que obligue a adoptar esta adecuación lingüística en nombre de la igualdad de género. Para justificar su decisión, el tribunal recurre a las recomendaciones gramaticales de la Real Academia de la Lengua (RAE).

El TSJA rechazó “íntegramente” el recurso de apelación de las abogadas, confirmando así la sentencia del Juzgado número 3 de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla. El tribunal considera que la decisión del órgano colegial fue “autónoma, soberana y democrática” y está amparada en la ley reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía, “sin que entrañe el uso de un lenguaje sexista que implique una discriminación por razón de sexo”.

La sentencia cita la decisión inicial de la magistrada de Sevilla, quien expresó que las normas garantizan la igualdad entre hombres y mujeres, pero no obligan al uso de determinados términos lingüísticos. Se subraya que las leyes de igualdad prohíben un lenguaje sexista, pero el TSJA considera que la denominación aprobada por el Colegio de Sevilla no lo es.

El tribunal también hace referencia a la postura de la Real Academia de la Lengua Española, que “ha manifestado que el uso genérico del masculino gramatical no supone discriminación sexista alguna y que el uso del desdoblamiento entre masculino y femenino es artificioso e innecesario, fundado principalmente en razones extralingüísticas”.

Sevilla frente al resto de España

En 2022, más de 30 Colegios de Abogados en España optaron por denominarse Colegios de la Abogacía. Sin embargo, el Colegio de Abogados de Sevilla, tras una votación, decidió mantener su nombre tradicional, argumentando que esta opción contaba con el respaldo de una “amplia mayoría” de sus miembros.

La magistrada del juzgado de Sevilla expresó que, aunque pudiera compartir ideológicamente el argumento de las recurrentes, no podía interpretar que las normas impusieran el cambio de denominación. El TSJA concluye que, si bien el término inclusivo “abogacía” es correcto para referirse a los profesionales de ambos sexos, el uso de “abogados” no invisibiliza a las mujeres, dada la normalización del ejercicio de esta profesión por ambos sexos.

Reacciones a la sentencia

La abogada María Jesús Correa, una de las recurrentes, considera “peligroso” que la sentencia reduzca el conflicto a un problema gramatical, sin abordar la cuestión de la discriminación por razón de sexo. Correa argumenta que la RAE ofrece recomendaciones lingüísticas, pero no establece normas imperativas, y que el Colegio, como corporación pública, debe adaptarse a la legislación vigente en materia de igualdad.

Correa inició este proceso en 2016, buscando eliminar barreras lingüísticas que contribuyen a la desigualdad de género en el ámbito profesional. Tras las sentencias desfavorables, el grupo de abogadas prepara un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Un intento similar de modificar la denominación del Colegio de Abogados de Granada en 2022 no tuvo éxito, enfrentando la abogada impulsora críticas y desinformación.