¿Es obligatorio ser presidente de la comunidad de vecinos? Lo que dice la ley

¿Es obligatorio ser presidente de la comunidad de vecinos? Lo que dice la ley
Imagen de archivo: https://www.eldiario.es/

¿Es obligatorio ser presidente de la comunidad de vecinos? Lo que dice la ley

Foto: Archivo – Todos los derechos reservados

Ser designado presidente de la comunidad de vecinos suele generar dudas sobre la obligatoriedad de aceptar el cargo. Teresa Suárez, administradora de fincas colegiada y presidenta del Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Galicia, aclara este punto.

Suárez indica que, según la Ley de Propiedad Horizontal, la aceptación del cargo es obligatoria cuando el nombramiento se realiza conforme a la ley. El nombramiento puede ser por elección, turno rotatorio o sorteo, con una duración habitual de un año.

Es importante destacar que solo el propietario legal de la vivienda puede ser designado presidente, no un inquilino o un residente no titular.

¿Hay motivos para negarse a ser presidente?

La ley no permite una negativa genérica por falta de tiempo o incomodidad. Sin embargo, sí se puede solicitar un relevo si existen motivos graves y demostrables. Entre las causas más comunes se encuentran problemas de salud acreditados, limitaciones físicas o cognitivas, edad avanzada que impida el ejercicio de las funciones, o circunstancias personales o laborales excepcionales.

Suárez subraya que cada caso se analiza individualmente y desaconseja establecer exenciones automáticas, ya que podrían vulnerar el derecho de algún propietario.

¿Qué ocurre si un propietario se niega sin causa justificada?

Si un propietario se niega a asumir el cargo sin justificación válida, el nombramiento sigue siendo legalmente válido. En caso de bloqueo, la comunidad puede acudir al juzgado para resolver la situación, ya que no puede funcionar sin presidente.

Aunque no hay una sanción específica en la ley, la negativa injustificada puede generar responsabilidad si provoca perjuicios a la comunidad. La persona designada que considere tener motivos graves para no ejercer la presidencia puede solicitar el relevo judicial dentro del plazo legal, aunque lo más frecuente es que la propia junta lo releve sin necesidad de acudir a un juzgado.

El rol del administrador de fincas

El presidente no está solo en la gestión de la comunidad. La gestión ordinaria requiere un administrador de fincas profesional que se encargue del cumplimiento normativo, la contabilidad, los proveedores, las subvenciones, los contratos, la protección de datos, las obligaciones fiscales y la normativa energética y de accesibilidad.

El administrador de fincas profesional permite que el presidente cumpla su función de representante legal con total seguridad y respaldo. El presidente representa y el administrador gestiona, ambos roles son complementarios.