
La patronal de caseros catalana denuncia la regulación del alquiler de temporada por vulnerar la Constitución
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La organización de propietarios Som Habitatge ha denunciado que la nueva regulación del alquiler de temporada en Cataluña vulnera la Constitución Española. La patronal, creada en 2025, ha presentado dos informes jurídicos que argumentan que la modificación legislativa aprobada por el Parlament excede las competencias autonómicas al intervenir en contratos entre particulares y en la actividad económica.
Argumentos de Som Habitatge
Som Habitatge sostiene que los alquileres de temporada ya estaban regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos estatal, y que el uso de esta fórmula para arrendar viviendas de residencia habitual constituía un “fraude de ley” susceptible de ser perseguido. Anna Puigdevall, directora de la organización, defiende que el mercado demanda diversas opciones de vivienda, incluyendo los alquileres temporales, y que se debe permitir esta fórmula controlando su uso para evitar fraudes.
La patronal ha anunciado que trasladará los informes jurídicos a la Generalitat y a los partidos con representación parlamentaria.
La nueva regulación del alquiler de temporada
La reforma legislativa, que salió adelante con los votos de PSC, ERC, Comuns y CUP, sujeta los alquileres de temporada y de habitaciones al tope de precios derivado de la Ley de Vivienda. Quedan excluidos los contratos temporales que acrediten el uso de la vivienda con fines recreativos, turísticos o vacacionales. En el caso de las habitaciones, la suma del precio de las estancias no debe superar el tope fijado para el conjunto del piso.
Análisis jurídico y posibles consecuencias
Los informes jurídicos presentados por Som Habitatge consideran que la regulación, que modifica la Ley catalana de vivienda de 2007, es inconstitucional. Según Sergio Nasarre, catedrático de Derecho Civil de la Universitat Rovira i Virgili (URV), el Parlament busca equiparar el alquiler de temporada y de habitaciones a una vivienda sin cumplir con los requisitos de “vivienda digna y adecuada”. En el caso de las habitaciones, esto podría implicar la “legalización del sinhogarismo”.
Nasarre argumenta que la legislación autonómica altera la “causa” y el “objeto” del arrendamiento urbano, bases de las obligaciones contractuales, lo cual es competencia estatal. Recuerda que el Tribunal Constitucional ya anuló en 2022 la regulación catalana de los precios del alquiler por exceder las competencias autonómicas, advirtiendo también sobre el incumplimiento del principio de proporcionalidad en la injerencia en el derecho de propiedad.













