La Justicia europea dictamina que la Iglesia católica no puede despedir a un empleado por abandonar la fe

NUEVO TITULO: La Justicia europea dictamina que la Iglesia católica no puede despedir a un empleado por abandonar la fe
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NUEVO TITULO: La Justicia europea dictamina que la Iglesia católica no puede despedir a un empleado por abandonar la fe

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Un nuevo fallo de la Justicia europea protege los derechos laborales de personas que trabajan en organizaciones religiosas. El Tribunal de Justicia de la UE ha emitido una sentencia que condena el despido de una empleada de una asociación católica alemana de asesoramiento a mujeres embarazadas por el simple hecho de haber abandonado la Iglesia.

El caso en detalle

La asociación, Katholische Schwangerschaftsberatung, exige a sus empleados respeto por las directrices católicas en su trabajo, especialmente en el asesoramiento a mujeres embarazadas, con el objetivo de proteger la vida del no nacido. Sin embargo, la organización también emplea a personas no católicas para la misma función.

El Tribunal de Justicia de la UE señaló en una nota de prensa que, si bien los órganos jurisdiccionales nacionales deben abstenerse de apreciar la legitimidad de la ética de la iglesia, les corresponde determinar si un requisito profesional es esencial, legítimo y justificado respecto a esa ética. En este caso, el Tribunal no considera justificado el despido por “incumplimiento grave de las obligaciones de lealtad”.

En Alemania, ser católico o protestante implica el pago del ‘impuesto eclesiástico’. El tribunal considera que el despido supone un agravio comparativo con otros empleados no católicos que no pagan este impuesto.

Consecuencias del fallo

La ex empleada impugnó su despido, y ahora el Tribunal Supremo de lo Laboral estima que el despido constituye “una diferencia de trato directamente basada en la religión”, lo que contraviene las normas de la UE sobre igualdad de trato. Los requisitos confesionales “no son esenciales, legítimos y justificados respecto de la ética de la citada organización”.

La sentencia también destaca que la empleada, a pesar de dejar la Iglesia, “no se distanció ni se desvió de los preceptos y de los valores fundamentales de la Iglesia Católica”, es decir, no incumplió las normas de trabajo. El fallo no obliga a la readmisión de la mujer, cuya decisión final corresponde al Tribunal Superior de lo Laboral de Alemania.