
El Parlamento Europeo ve "pruebas suficientes" para juzgar a Toni Comín por acoso
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El Parlamento Europeo ha elaborado un informe en el que concluye que existen “pruebas suficientes” para llevar a juicio al eurodiputado de Junts, Toni Comín, por presunto acoso psicológico y sexual. La investigación, basada en “testigos creíbles”, se originó tras la denuncia de un exasesor del político.
Acusaciones y Negaciones
Según el informe, las conductas denunciadas podrían constituir acoso, tanto psicológico como sexual. El Parlamento Europeo incluso se ofrece a brindar “apoyo financiero” al denunciante para cubrir los gastos legales.
Comín niega rotundamente las acusaciones y ha advertido que se reserva el derecho de emprender acciones legales contra quienes lo denuncian, alegando una campaña de difamación. Afirma que nunca fue convocado por el Parlamento Europeo para dar su versión de los hechos.
Imposibilidad de Sanción
Debido a que Comín no posee el acta de eurodiputado, el Parlamento Europeo no puede sancionarlo ni hacer público el informe de manera oficial. La presidenta de la Eurocámara, Roberta Metsola, solo puede anunciar los resultados de investigaciones y aplicar sanciones a los eurodiputados que ejercen plenamente su cargo.
Denuncia Previa
En enero de 2025, un exasesor de Comín denunció al político por acoso sexual y laboral, alegando tocamientos, insinuaciones y proposiciones sexuales, así como hostigamiento laboral, broncas injustificadas y amenazas de despido. El denunciante afirmó que “la búsqueda de contacto físico” por parte de Comín se intensificó con el tiempo, llegando a ser “insoportable”.
Definición de Acoso
El informe del Parlamento Europeo señala que Comín podría haber infringido las normas que definen tanto el acoso psicológico como el sexual. El acoso psicológico se define como “cualquier conducta abusiva que sea persistente, repetida o sistemática, que implique comportamientos, palabras, acciones, gestos o comunicaciones escritas intencionales que menoscaben la personalidad, la dignidad o la integridad física o mental de una persona”. El acoso sexual se define como “cualquier conducta de naturaleza sexual que no sea deseada por la persona a la que va dirigida y que tenga por objeto o efecto vulnerar su dignidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, ofensivo o molesto”.
El Escaño en Disputa
Comín solo podría recurrir las conclusiones de la investigación del Parlamento Europeo si obtiene el acta de eurodiputado. Sin embargo, las autoridades españolas le exigen jurar la Constitución presencialmente en Madrid para obtener el acta, lo que podría resultar en su detención debido a la orden que pesa sobre él por el *procés*. El caso sobre su escaño se encuentra actualmente ante la justicia europea, que debe decidir si la Eurocámara le entrega el acta a pesar de no acatar la Carta Magna.













