Posible indulto a García Ortiz no cubrirá indemnización a la pareja de Ayuso

Posible indulto a García Ortiz no cubrirá indemnización a la pareja de Ayuso
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Posible indulto a García Ortiz no cubrirá indemnización a la pareja de Ayuso

El posible indulto al ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, no implicará la devolución total del dinero ya pagado a la pareja de Isabel Díaz Ayuso, tras ser condenado a dos años de inhabilitación por la filtración de información fiscal. La ley del indulto excluye la obligación de responder civilmente, lo que significa que la indemnización de 10.000 euros al empresario no sería cubierta. En cuanto a la multa de 7.200 euros ya abonada, solo se devolverá si el decreto del Gobierno lo especifica expresamente.

Aunque el indulto es una prerrogativa del Ejecutivo, el perdón total está sujeto a un informe favorable del órgano sentenciador, en este caso, la Sala Segunda del Tribunal Supremo. A pesar de una posible medida de gracia total, se considera improbable que García Ortiz regrese a la cúpula del Ministerio Público.

Paralelamente, se mantiene abierta la vía del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, donde la defensa de García Ortiz buscará revertir la condena por la filtración de la información del empresario Alberto González Amador.

Miguel Ángel Cabellos, catedrático de Derecho Constitucional, señala que el recurso de amparo tendría sentido incluso con un indulto total, ya que este no abarcaría la indemnización.

Informe del Supremo

El Ministerio de Justicia ha activado el procedimiento para estudiar una primera petición de indulto, solicitando al Tribunal Supremo su informe. Los magistrados, tras considerar la postura de la Fiscalía, determinarán si existen elementos que justifiquen la concesión de esta medida de gracia.

En caso de informe desfavorable, aún existe la posibilidad de un indulto parcial, que implica el perdón de algunas penas o parte de las mismas. La legislación también contempla la conmutación de la pena por otra menos grave.

Algunas fuentes jurídicas anticipan que el informe de la Sala de lo Penal será contrario al indulto, limitándolo a una reducción de la inhabilitación. Se asume que García Ortiz no volverá a dirigir el Ministerio Público, lo que disminuye las consecuencias prácticas del indulto en este caso.

Otras fuentes sugieren que un posible indulto, incluso parcial, podría blindar a García Ortiz en su nuevo destino en la Fiscalía de la Sala de lo Social del Supremo, ante las impugnaciones presentadas ante la Fiscalía General. Entre ellas, la del propio González Amador, quien ha recurrido el decreto que permitió el regreso de García Ortiz a la carrera, argumentando que la pena por un delito doloso conlleva la pérdida de la condición de fiscal.

Además, queda por ver si el empresario recurrirá la concesión del indulto, aunque fuentes del Supremo indican que esto no suspendería su ejecución. El catedrático Cabellos explica que González Amador podría recurrir “alegando estar afectado en sus derechos e intereses legítimos”, ya que como acusación particular tiene un interés legítimo en que la pena se cumpla.

Esta posibilidad no se extendería a las acusaciones populares personadas en la causa, como ya quedó establecido en el caso de los indultos del procés.

El Supremo ha definido en varias sentencias los límites de la recurribilidad de esta medida de gracia. Por ejemplo, en el caso del indulto a un conductor kamikaze, se afirmó que la revisión no puede extenderse a “la decisión de indultar o no indultar”.

En otra sentencia de 2018, se estableció que el Gobierno es libre de valorar las razones de “justicia, equidad y utilidad pública” para aprobar el indulto, aunque estas razones deben ser coherentes con los hechos y no mostrar “atisbo de arbitrariedad”.