Absuelto Pablo Echenique por tuit sobre sacerdotes pederastas: La Audiencia de Madrid desestima delito de odio

Absuelto Pablo Echenique por tuit sobre sacerdotes pederastas: La Audiencia de Madrid desestima delito de odio
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Absuelto Pablo Echenique por tuit sobre sacerdotes pederastas: La Audiencia de Madrid desestima delito de odio

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La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al exdiputado de Podemos, Pablo Echenique, al no encontrar delito de odio en un tuit en el que sugería “deportar” a sacerdotes pederastas. La acusación, presentada por Abogados Cristianos, solicitaba para Echenique un año de cárcel, multa e inhabilitación. No obstante, el tribunal ha considerado que el mensaje del político fue una respuesta irónica a unas declaraciones previas sobre inmigración, descartando la intención de incitar al odio y señalando que los sacerdotes no constituyen un colectivo vulnerable.

Contexto del tuit y argumentos de la defensa

El tuit en cuestión, publicado en mayo de 2024, comparaba los abusos en la Iglesia católica con los delitos sexuales cometidos por migrantes. Echenique escribió: “Estadísticamente, es mucho más probable que un sacerdote cometa un delito de agresión sexual contra menores de edad que delinca una persona migrante. Desde el punto de vista de la seguridad ciudadana sería más eficaz deportar sacerdotes que endurecer la política migratoria”.

Este comentario fue una reacción a las declaraciones del arzobispo de Oviedo, Jesús Sanz Montes, quien afirmó que España no podía acoger a todos los inmigrantes indocumentados. La Audiencia ha valorado este contexto como determinante para juzgar el alcance penal de las palabras de Echenique, considerando que se trató de una respuesta inmediata y no de una campaña sostenida contra los sacerdotes o la Iglesia.

La justicia no considera a los sacerdotes un colectivo vulnerable

Los magistrados han subrayado que, en el contexto social y cultural español, los sacerdotes no pueden ser considerados un colectivo especialmente vulnerable o históricamente discriminado, requisito esencial para apreciar un delito de odio. Si bien reconocen la posible existencia de episodios aislados de hostilidad hacia miembros de la Iglesia católica, estos no son suficientes para atribuir al colectivo una situación de vulnerabilidad estructural.

Durante el juicio, Echenique defendió que su tuit era una “ironía”. “Es imposible que una persona que no odia a sacerdotes católicos emita un mensaje de odio hacia ese colectivo. Eso, sumado al verbo deportar, hace evidente el significado real del tuit. Juzgar una ironía como si fuera algo literal nos llevaría a un terreno complejo”, declaró.

El debate público y la libertad de expresión

La resolución judicial otorga credibilidad a la explicación de Echenique y considera que el mensaje debe interpretarse como una respuesta política y mediática, aunque resulte reprobable desde un punto de vista ético. Los magistrados han señalado que el comentario es un reflejo de la degradación del debate público, caracterizado por la descalificación y el insulto.

La Fiscalía también solicitó la absolución de Echenique, argumentando que el comentario no representó un “peligro real” para los sacerdotes. El tribunal recalca que ese reproche moral no puede convertirse automáticamente en un reproche penal. A juicio de la Sala, la libertad de expresión, el contexto concreto de la publicación, la falta de reiteración y la inexistencia de un ánimo de promover odio impiden apreciar la existencia de delito. La sentencia no es firme.