
CONTROVERSIA POR TRASLADO DE JOAN VILA, EL "CELADOR DE OLOT", A MÓDULO DE MUJERES
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La reciente noticia del traslado de Joan Vila Dilmé, conocido como el “celador de Olot”, a un módulo femenino en una prisión de Figueras, ha reabierto un intenso debate sobre la identidad de género y la seguridad en los centros penitenciarios.
El historial delictivo de Joan Vila Dilmé
Joan Vila Dilmé cumple una condena de 127 años y medio de prisión por el asesinato de 11 ancianos en la residencia La Caridad de Olot, Girona. Sus crímenes, cometidos entre 2009 y 2010, consistieron en la administración de sustancias corrosivas, fármacos y sobredosis de insulina a sus víctimas. Fue detenido en octubre de 2010 y condenado en 2013 por la Audiencia de Girona, sentencia confirmada por el Tribunal Supremo.
La brutalidad y el número de víctimas le han valido el apelativo de “el mayor asesino en serie de este siglo en España”.
Transición de género y traslado a prisión de mujeres
En la cárcel, Vila ha iniciado su transición de género. Esta situación ha derivado en su traslado a un módulo de mujeres, amparándose en la normativa catalana que prioriza la identidad de género auto-percibida por encima de otros requisitos.
Según fuentes penitenciarias, este cambio no implica ningún beneficio penitenciario ni una reducción de su condena.
Reacciones de las familias de las víctimas
Las familias de las víctimas, representadas por el letrado Jaume Dalmau, han manifestado su principal preocupación: que Vila cumpla íntegramente la condena impuesta.
Debate sobre posibles abusos de la ley
El caso ha reavivado la discusión sobre los controles necesarios para evitar el uso fraudulento de la legislación sobre identidad de género. Expertos como el catedrático de Derecho Penal Emilio Cortés han señalado que la transición de género no debería modificar la condena impuesta. Cortés ha añadido que el cambio de módulo es una cuestión administrativa que no implica beneficios, y que el Registro Civil debe vigilar que el cambio no se produzca con “ánimo de abusar del derecho o cometer fraude de ley”.
El catedrático ha reconocido que la administración penitenciaria tiene poco margen de maniobra ante la ley actual, que obliga a ubicar a la persona en el módulo correspondiente a su identidad de género auto-percibida. Admite que esto podría generar problemas de convivencia, pero considera que la alternativa, ubicar a una mujer registral en un módulo de hombres, generaría inseguridad jurídica.
Protección frente a fraudes en casos de violencia de género
Cortés ha ofrecido un matiz tranquilizador en relación con posibles fraudes en casos de violencia de género.
Ha explicado que la ley establece que, para determinar la aplicación de la ley de violencia de género, se considera “el sexo que tenía el autor en el momento de la comisión del hecho delictivo”. Esto impide que un agresor pueda eludir una pena más grave cambiando de sexo tras cometer el delito.












