JUAN CARLOS PEINADO PROPONE JUZGAR A BEGOÑA GÓMEZ POR TRÁFICO DE INFLUENCIAS Y OTROS DELITOS

JUAN CARLOS PEINADO PROPONE JUZGAR A BEGOÑA GÓMEZ POR TRÁFICO DE INFLUENCIAS Y OTROS DELITOS
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JUAN CARLOS PEINADO PROPONE JUZGAR A BEGOÑA GÓMEZ POR TRÁFICO DE INFLUENCIAS Y OTROS DELITOS

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El juez Juan Carlos Peinado ha concluido la instrucción del caso que involucra a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, y ha propuesto su enjuiciamiento por presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación de caudales públicos y apropiación indebida.

La decisión del juez Peinado llega tras rechazar una prórroga adicional de la investigación. En su auto, archiva las actuaciones por el delito de intrusismo profesional, pero mantiene el procedimiento contra Cristina Álvarez, asesora de Gómez, por los mismos delitos, y contra el empresario Juan Carlos Barrabés por los dos primeros.

Ahora, las partes tienen un plazo de cinco días para pronunciarse sobre la apertura de juicio oral, que podría celebrarse con un jurado popular, y presentar sus escritos de conclusiones.

Indicios de Tráfico de Influencias

Peinado considera que existen indicios suficientes para procesar a Gómez por tráfico de influencias en relación con la obtención de una cátedra en la Universidad Complutense.

En su auto, el juez manifiesta que no ha encontrado un caso similar en la historia democrática de España.

El juez argumenta que las acciones provenientes de “palacios presidenciales” son más propias de regímenes absolutistas. Sostiene que, tras la llegada de Pedro Sánchez a la Presidencia del Gobierno, se tomaron decisiones públicas favorables a la cátedra y al proyecto de Gómez, que podrían haber sido obtenidas mediante un aprovechamiento de su posición relacional, es decir, su condición de “esposa de”.

Acusación de Corrupción en los Negocios

En cuanto al delito de corrupción, el juez considera que Gómez fue la impulsora de la captación de fondos privados, presuntamente no para la cátedra universitaria pública, sino para integrarlos en su patrimonio personal.

A cambio, habría ofrecido a las empresas una ventaja competitiva en numerosos procedimientos de licitación pública.

Según el juez, el patrocinio o la financiación de la cátedra podría ser solo la “fachada” de una retribución encubierta por futuras ventajas privadas o comerciales indebidas, relacionadas con adjudicaciones públicas vinculadas al cargo de presidente del Gobierno de su esposo.

Malversación de Caudales Públicos

Peinado también propone juzgar a Gómez y a Cristina Álvarez por malversación de caudales públicos, debido a los servicios prestados por Álvarez a Gómez como asistente personal, siendo funcionaria retribuida con fondos públicos asociados a Presidencia del Gobierno.

El juez considera que Gómez fue “inductora, cooperadora necesaria y beneficiaria consciente del desvío” de dinero, ya que “solicitó, aceptó y aprovechó de forma estable la dedicación de una empleada retribuida por Presidencia a tareas ajenas al cometido institucional del puesto”.

Apropiación Indebida

El magistrado también cree que existen razones suficientes para juzgar a Gómez por apropiación indebida por registrar como propio el software desarrollado en la cátedra de Transformación Social Competitiva.

Finalmente, el juez archiva el procedimiento en relación con el delito de intrusismo, relacionado con la firma de Gómez de un pliego de condiciones, aunque cuestiona que la Universidad Complutense se limite a afirmar que cualquier responsable de la cátedra puede firmar.