"Una pensión de 2.975 euros, con la aplicación de esta disposición, queda en 3.053,87, es muy importante si estás en este supuesto"

"Una pensión de 2.975 euros, con la aplicación de esta disposición, queda en 3.053,87, es muy importante si estás en este supuesto"
Imagen de archivo: https://www.cope.es/

"Una pensión de 2.975 euros, con la aplicación de esta disposición, queda en 3.053,87, es muy importante si estás en este supuesto"

La Seguridad Social ha decidido aplicar la disposición transitoria trigésimocuarta también a quienes opten por la jubilación anticipada de forma involuntaria. Según se ha informado desde la cuenta especializada Compromiso Legal, este cambio de criterio implica aplicar unas menores penalizaciones a las personas que, al jubilarse antes de tiempo, superan el tope máximo de la pensión, una medida que hasta ahora solo estaba prevista para la modalidad voluntaria.

La nueva directriz se aplicará siempre y cuando las penalizaciones resulten más beneficiosas para el trabajador.

La información ha sido difundida a través de un vídeo en la cuenta de TikTok @compromisolegal, gestionada por la abogada Miriam Ruiz, experta en derecho laboral y seguridad social. Este perfil se ha convertido en una referencia por ofrecer asesoría jurídica y resolver dudas sobre temas complejos como jubilaciones, pensiones o incapacidades permanentes, explicando la normativa en un lenguaje accesible para todos los públicos.

El nuevo procedimiento obliga a realizar un triple cálculo dividido en dos grandes bloques para determinar qué opción es más favorable para el futuro pensionista.

De este modo, se busca garantizar que el importe final de la pensión sea el más elevado posible para quienes se vean afectados por un cese no voluntario en su relación laboral y decidan adelantar su retiro.

El primer bloque, considerado el genérico para las jubilaciones anticipadas involuntarias, consiste en un doble cálculo. Por un lado, se aplica la penalización del artículo 207 de la Ley General de la Seguridad Social a la base reguladora.

Por otro, al tope máximo de la pensión se le resta un 0,5% por cada trimestre de adelanto. El importe resultante de este bloque será la menor de las dos cuantías obtenidas.

Para ilustrar el cambio, desde Compromiso Legal exponen el caso de una persona que planea acogerse a la jubilación anticipada involuntaria en 2026, dos años antes de su edad ordinaria y con menos de 38 años y medio cotizados.

Con una base reguladora de 3.500 €, esta persona superaría el tope máximo de la pensión de jubilación, fijado para ese año en 3.359,6 €.

Al aplicar el primer bloque de cálculos a este supuesto, la pensión resultante sería de 2.975 € al mes. Esto se debe a que el adelanto de dos años (ocho trimestres) implicaría una reducción del 4% sobre el tope máximo, siendo esta la cifra de menor cuantía en la comparativa inicial.

Sin embargo, el segundo bloque del cálculo introduce la disposición transitoria 34a.

Con esta norma, se aplicaría una penalización del 9,1% directamente sobre el tope de la pensión máxima. Para este caso concreto, el resultado sería de 3.053,87 €, una cantidad superior a la obtenida con el método anterior.

La conclusión es que, al ser más beneficiosa, la Seguridad Social aplicará la segunda opción.

“Con esta disposición transitoria a esta persona se le queda una pensión mayor que si se le aplican las penalizaciones que están previstas para la jubilación anticipada involuntaria”, señalan los expertos. Por tanto, la pensión final del trabajador del ejemplo se quedaría en los 3.053,87 € mensuales.

Este cambio normativo subraya la importancia de que las personas que se encuentren en este supuesto, con una base reguladora superior a la pensión máxima, realicen este triple cálculo para conocer con exactitud el importe que les corresponde.

Una correcta evaluación puede suponer una diferencia sustancial en la cuantía final de su pensión de jubilación.