Análisis del Juez Vázquez Taín sobre la Imputación a Begoña Gómez

Análisis del Juez Vázquez Taín sobre la Imputación a Begoña Gómez
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Análisis del Juez Vázquez Taín sobre la Imputación a Begoña Gómez

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El juez José Antonio Vázquez Taín desglosó en el programa ‘El Cascabel’ las claves del auto del juez Peinado que propone juzgar a Begoña Gómez. Según el magistrado, la instrucción se ha mantenido enfocada en los indicios y ahora se encamina hacia un juicio con jurado popular debido a la imputación por malversación.

Detalles del Auto y Protección ante Críticas

Vázquez Taín señaló que la extensión y el detalle del auto de 39 páginas reflejan el intento del juez Peinado de blindar su resolución ante la esperada tormenta mediática y política. “Él sabe que a partir de ahí le va a venir el torrente de críticas y descalificaciones”, explicó Taín, añadiendo que el juez ha buscado “justificarla hasta lo máximo, quizás incluso en lo excesivo”. Para Taín, esta es la última oportunidad que tiene el instructor para expresarse, ya que los jueces, según él, deben permanecer en silencio ante las críticas.

El juez Peinado ha sido especialmente minucioso para “dar respuesta a todos esos, digamos, reproches que él sabía que le iban a hacer”.

Taín recalca que, aunque un auto de procesamiento no suele necesitar “tanta filosofía ni tanto razonamiento”, la situación es excepcional, ya que cada una de las decisiones del juez Peinado ha sido avalada en lo fundamental por la Audiencia Provincial.

Gravedad de los Delitos Imputados

Respecto a los cuatro presuntos delitos imputados a Begoña Gómez, el juez rechaza que el de apropiación indebida del software sea el más preocupante. “Yo te digo que los cuatro están más o menos igual, a la par en cuanto a su fundamentación”, sentenció. Vázquez Taín explicó la complejidad de delitos como la corrupción en los negocios, del que apenas hay tres sentencias en España, y aclaró que sin un interés económico, estos delitos no existirían.

Sobre las posibles penas, indicó que todos los delitos están “más o menos a la par”, aunque destacó la gravedad de la malversación, ya que “supone no solo la pena de prisión, sino además también la inhabilitación”. En cuanto a la comparación con el caso Nóos, Taín marca una diferencia clave: mientras que en ese caso existía una estructura empresarial, aquí el auto se centra en si las actividades de Gómez “difícilmente son explicables en cualquier ciudadano normal” y solo hubieran sido posibles por su relación con el presidente del Gobierno.

Juicio con Jurado Popular: Razones Legales

Uno de los puntos centrales del análisis es por qué el caso se dirige a un juicio con jurado popular.

La razón, según Taín, es puramente legal: la Ley del Jurado establece que si uno de los delitos imputados, en este caso la malversación de caudales públicos, debe ser juzgado por esta vía, arrastra a todos los demás. “No es más que la audiencia lo verá de otra manera y lo valorará, pero el juez, prudentemente, lo que tiene que hacer es aplicar la ley”, afirmó.

A pesar de esta obligación legal, Vázquez Taín confesó su preferencia personal por un juzgado profesional, considerando que el tema es “lo suficientemente delicado como para que se valore y se razone”. No obstante, insistió en que los jueces deben seguir la ley.

Defensa del Modelo de Juez Instructor

Finalmente, el magistrado defendió el modelo de juez instructor español, supervisado por una audiencia, frente a la propuesta del Gobierno de entregar la instrucción a la fiscalía. Recordó que el sistema español es uno de los que menos sanciones recibe del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

“La decisión de investigar o no determinados delitos va a ser política, y yo eso no lo quiero”, concluyó, criticando la politización de la justicia.