
POSIBLES VÍAS PARA LA VÍCTIMA EN EL 'CASO ZORNOZA' TRAS EL ARCHIVO DEL VATICANO
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El archivo del ‘caso Zornoza’ por parte del Dicasterio de Doctrina de la Fe ha generado una gran decepción entre las víctimas y otros implicados en la investigación inicial, quienes consideraron “verosímiles” las acusaciones de abusos contra Rafael Zornoza, ex obispo de Cádiz y Ceuta, durante su etapa como rector del Seminario de Getafe.
Un tecnicismo jurídico, basado en el anterior Código de Derecho Canónico que establecía la mayoría de edad eclesiástica a los 16 años, y las dudas sobre la edad de la víctima al inicio de los hechos, han sido los argumentos utilizados por el Vaticano para archivar el caso, declarándose incompetente.
Esto ocurre a pesar de que la víctima afirma haber sido abusada desde los 14 años, y de que un testigo declaró ante el Tribunal de la Rota de Madrid haber visto al obispo salir de la cama del denunciante.
¿Qué opciones tiene ahora la víctima?
Tras la declaración de incompetencia por parte de Doctrina de la Fe, se abren varias vías para evitar que el ex obispo quede impune. Una de ellas es recurrir al mecanismo abierto por el Ministerio de Justicia para casos prescritos en el ámbito civil. Este nuevo protocolo, ya en vigor, permite a las víctimas de abusos en la Iglesia reclamar una indemnización, complementaria al plan PRIVA de la Conferencia Episcopal.
En este escenario, el Defensor del Pueblo podría instar a los obispos a ofrecer una reparación económica a la víctima, aunque no podría actuar directamente contra Zornoza.
El papel del Papa
Expertos canonistas señalan que el Papa León XIV tiene la potestad de intervenir. Podría ordenar a la propia Doctrina de la Fe la reapertura del caso. Como soberano supremo del Estado Vaticano, está facultado para reabrir casos, como ya ha sucedido en el pasado.
Otra opción sería que, si se confirma la incompetencia de Doctrina de la Fe, el Papa transfiera el caso al Dicasterio de los Obispos, encargado de asuntos relacionados con prelados. Esto podría derivar en un proceso con ramificaciones jurídicas que concluyera con la inhabilitación de Zornoza, con sanciones que van desde la prohibición de presidir misas o confesar, hasta la pérdida del estatus de obispo, o incluso, en casos más graves, la reducción al estado laical.
A pesar de estas opciones canónicas, lo más probable es que la víctima opte por recurrir a los organismos públicos, presentando su denuncia ante el Ministerio de Justicia o el Defensor del Pueblo, incluso si esto implica que Zornoza no sea condenado por la Iglesia.













