CONDENA A ÓSCAR FREIRE POR “VEJACIONES INJUSTAS”: ¿QUÉ SIGNIFICA ESTE DELITO?

CONDENA A ÓSCAR FREIRE POR "VEJACIONES INJUSTAS": ¿QUÉ SIGNIFICA ESTE DELITO?
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CONDENA A ÓSCAR FREIRE POR "VEJACIONES INJUSTAS": ¿QUÉ SIGNIFICA ESTE DELITO?

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La reciente condena al exciclista Óscar Freire por un delito leve de “vejaciones injustas” ha generado debate. Freire ha sido sentenciado a la prohibición de comunicarse o acercarse a su expareja durante seis meses y deberá permanecer localizado durante nueve días.

¿Qué son las “vejaciones injustas”?

El delito de “vejaciones injustas” está tipificado en el artículo 173.4 del Código Penal español. Se refiere a insultos o menosprecios considerados legalmente leves, como situaciones de acoso en el ámbito público, dirigidos contra el cónyuge, expareja, ascendientes, descendientes, hermanos o convivientes.

Este delito solo se persigue si la víctima o su representante legal presenta una denuncia, como ocurrió en este caso.

Una fuente experta ha explicado que este delito se considera el tipo más leve de violencia machista y, por ello, se deriva a conciliación civil. Generalmente, no suele haber condenas, sino que se constata una pésima relación conyugal.

En este tipo de delito leve, la orden de alejamiento es solicitada “siempre” por la víctima. Seis meses es el máximo de orden de alejamiento que se puede otorgar.

Según el Código Penal, se busca que solo se judicialicen aquellas conductas que tengan verdadera entidad y relevancia, cuando no existan medios alternativos para la solución del conflicto. Las “vejaciones injustas” se castigan con localización permanente entre cinco y treinta días.

El caso de Óscar Freire

La sentencia establece como hechos probados que Freire, a la salida de misa, se dirigió a su expareja en presencia de otras personas gritándole y faltándole al respeto.

Estas expresiones perturbaron la tranquilidad de la denunciante, atentando contra su integridad moral, según el fallo del Tribunal de Instancia de Torrelavega, que ya es firme. Freire reconoció los hechos y aceptó la pena propuesta por la Fiscalía, a la cual se adhirió la acusación particular, ejercida por su expareja, impidiendo la posibilidad de recurrir la sentencia.