La expresidenta de Adif cuestiona el informe de la IGAE sobre contratos del ‘caso Cerdán’

La expresidenta de Adif cuestiona el informe de la IGAE sobre contratos del 'caso Cerdán'
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La expresidenta de Adif cuestiona el informe de la IGAE sobre contratos del 'caso Cerdán'

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Isabel Pardo de Vera, ex presidenta de Adif, ha presentado un contrainforme ante la Audiencia Nacional, criticando el informe de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) sobre posibles irregularidades en contratos de obra pública. Pardo de Vera está siendo investigada en relación con presuntos amaños de obras en el Ministerio de Transportes.

En su escrito, la defensa de Pardo de Vera expresa “dudas sobre el rigor” del informe de la IGAE, lamentando que el organismo emita “conjeturas o infiera irregularidades” en cuestiones técnicas sin justificación suficiente. Además, señala que la IGAE omite que sus propios delegados en Adif realizan informes periódicos de fiscalización que abarcan la contratación, ejecución y modificaciones de los contratos.

Pardo de Vera cuestiona que ahora se presente una rectificación “tácita e indiferenciada de todos los expedientes” en el marco de la investigación judicial.

Contratos administrativos y mesas de contratación

El escrito de Pardo de Vera destaca que los informes previos de la delegación de la IGAE en Adif no contenían las “aseveraciones, especulaciones o insinuaciones” del informe del 2 de marzo de 2026. Recuerda que la IGAE también participa en los contratos administrativos de Adif en las mesas de contratación.

Añade que en las modificaciones contractuales señaladas por la IGAE participan tanto los servicios técnicos y jurídicos de Adif como los interventores del Ministerio de Fomento, quienes “verifican la concurrencia de las circunstancias legalmente habilitantes para proceder a su aprobación y formalización”.

Recuerda que todos esos informes técnicos, económicos y jurídicos fueron favorables, lo que implica “la correcta apreciación de la concurrencia y cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación vigente”.

Además, subraya que las manifestaciones técnicas fueron realizadas por profesionales con la titulación y experiencia adecuada.

Pronunciamientos judiciales y recursos

El abogado de Pardo de Vera recuerda que los contratos analizados por la Audiencia Nacional están sometidos a la jurisdicción de los tribunales competentes y a la revisión del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. Destaca que no consta ningún pronunciamiento sobre la actuación de Adif o Adif-Alta Velocidad en los expedientes analizados.

Asimismo, considera “llamativo” que los potenciales afectados no hayan detectado vicios o defectos que les hubieran impulsado a presentar recursos.

El escrito subraya que la IGAE debía haber motivado o justificado debidamente sus opiniones sobre cuestiones técnicas antes de emitir conjeturas o inferir ilegalidades. Critica que el informe tenga en cuenta normativa caduca o que plasme afirmaciones que denotan un “desconocimiento de lo previsto de forma expresa en la normativa en vigor”, denunciando un análisis “parcial y tergiversado” de las normas.

Pardo de Vera insiste en que Adif cumplió “escrupulosamente la normativa” y que no se le puede reprochar nada. Considera que la IGAE no debió limitarse a formular “una sospecha retrospectiva” para insinuar que las adjudicaciones estuvieran predeterminadas o que las valoraciones fueran anómalas.

La defensa de Pardo de Vera concluye que el informe de la IGAE “carece de cualquier valor invalidante de las decisiones” y reduce su valor como prueba pericial.

Juicio de valor y criterios de adjudicación

La defensa de Pardo de Vera sostiene que el proceder de Adif en los expedientes cuestionados “se ajusta a la normalidad administrativa y a la legislación vigente”. Explica que en una licitación “multicriterio”, la adjudicación la determina la puntuación total resultante de aplicar el pliego a las ofertas válidas.

Afirma que el juicio de valor no determina la adjudicación a menos que se acredite acceso anticipado al precio, contaminación de sobres, alteración de la fórmula, manipulación del umbral técnico, exclusión irregular de ofertas o arbitrariedad en la valoración técnica.

Finalmente, reitera que la IGAE no analizó suficientemente los informes técnicos tenidos en cuenta en las adjudicaciones y recalca que las valoraciones técnicas de los equipos responsables del proyecto gozan de una presunción de acierto derivada de su cualificación técnica.