
El Supremo ordena revisar la sentencia de un mosso en el caso Macedonia, quince años después
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El Tribunal Supremo ha ordenado a la Audiencia de Barcelona que dicte una nueva sentencia en relación con el caso Macedonia, un caso de corrupción policial y narcotráfico en Cataluña que se remonta a más de quince años atrás. Esta decisión se centra en el caso del subinspector de los Mossos d’Esquadra, Josep R., quien fue absuelto inicialmente pero ahora deberá ser objeto de una nueva valoración.
El caso Macedonia: un largo proceso judicial
La Operación Macedonia, dirigida por el juez Joaquín Aguirre, llevó a la detención de Josep R. en 2010. Tras una larga instrucción de diez años, la Audiencia de Barcelona absolvió a la mayoría de los acusados, desestimando la hipótesis del juez Aguirre y criticando la instrucción como “errática” y “prospectiva”.
En su sentencia, el Tribunal Supremo elogia uno de los autos de intervención telefónica del juez Aguirre, que había sido anulado por la Audiencia de Barcelona por considerarlo desproporcionado. Además, valora positivamente el “esfuerzo” del tribunal de la Audiencia de Barcelona, especialmente de la magistrada Carme Guil, al “desbrozar” los hechos.
Discrepancias y el factor tiempo
El Supremo deja entrever cierto desacuerdo con las absoluciones generalizadas dictadas por la Audiencia de Barcelona, aunque no las revoca debido a su argumentación. Reconoce que la sentencia podría ser considerada “indulgente” o “demasiado estricta” en cuanto a las exigencias probatorias, pero no irracional.
El paso del tiempo ha sido un factor importante para el Supremo al estudiar los recursos. Los magistrados admiten que han valorado el “factor temporal” a la hora de dictar su fallo.
La restitución de una prueba clave
La decisión de restituir una única prueba anulada por la Audiencia, la declaración de Josep R. tras su detención, obligará a esta instancia a dictar una nueva sentencia sobre el mosso. El Supremo se declara “consciente” de que reabre “un camino que no se percibe corto”, ya que implicará un nuevo estudio del caso, una nueva sentencia y otro trámite de recursos.
El recurso de la Fiscalía
La sentencia del Supremo estima, en parte, el recurso de la Fiscalía, que había impugnado la sentencia de la Audiencia de Barcelona en su totalidad. El Ministerio Público pretendía que el Supremo revirtiera la anulación de los pinchazos telefónicos, averiguaciones patrimoniales y otras pruebas ordenadas por la Audiencia.
La declaración de Josep R.
El Supremo acoge la impugnación relativa a la anulación de la declaración de Josep R. tras su detención en 2010. La Audiencia había rechazado el interrogatorio por haberse producido superando el plazo máximo legal de 72 horas, pero el Supremo lo considera válido porque se realizó con todas las garantías.
En consecuencia, la Audiencia de Barcelona deberá valorar ahora las palabras de Josep R. en instrucción, cuando reconoció haber facilitado información y una fotografía de otro investigado extraída de las bases de datos policiales. Esta declaración, según el Supremo, “aporta elementos autoinculpatorios” que podrían matizar o variar la fiabilidad de las manifestaciones del agente en el juicio y “poder fundar una convicción diferente” (es decir, una condena).
Anulación de pruebas: un fracaso del sistema de justicia
La sentencia del Supremo también reflexiona sobre las implicaciones de anular pruebas por vulnerar los derechos fundamentales. Considera que la anulación de una prueba “constituye un fracaso del sistema de justicia penal”, ya que implica el reconocimiento de que se ha vulnerado un derecho fundamental.
El tribunal reconoce que recortar una prueba obtenida de forma ilícita limita el derecho a la tutela judicial efectiva, pero considera que se trata de “un tributo que hay que pagar gustosamente cuando en verdad se constata una vulneración de un derecho fundamental”.













